Volver al buscadorConsejo de Ministros del 25 de noviembre de 2005
CONVENIO CON EL ICO PARA INSTRUMENTAR UNA LÍNEA DE PRÉSTAMOS PARA AFECTADOS POR LA SEQUÍA
Dotación Presupuestaria Total:823.735.416 €
Trazabilidad Documental Inmutable
Fuente oficial: Referencias del Consejo de Ministros (Presidencia del Gobierno).
Resumen Ejecutivo
CONVENIO CON EL ICO PARA INSTRUMENTAR UNA LÍNEA DE PRÉSTAMOS PARA AFECTADOS POR LA SEQUÍA El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación aportará 73.735.416 euros distribuidos en cinco anualidades. Los recursos económicos puestos a disposición de los agricultores alcanzarán l
Desglose de Partidas Económicas
73.735.416 euros
SUBVENCION73.735.416 €
750 millones de euros
SUBVENCION750.000.000 €
Entidades y Ámbitos de Aplicación
Ministerios Responsables
Alcance Territorial
Ámbito estatal / No territorializado
Áreas y Temáticas
General
Organismos / Entidades Citadas
Sin organismos secundarios citados
Contenido Íntegro Oficial
CONVENIO CON EL ICO PARA INSTRUMENTAR UNA LÍNEA DE PRÉSTAMOS PARA AFECTADOS POR LA SEQUÍA El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación aportará 73.735.416 euros distribuidos en cinco anualidades. Los recursos económicos puestos a disposición de los agricultores alcanzarán la cuantía de 750 millones de euros El Consejo de Ministros ha autorizado la suscripción de un Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el Instituto de Crédito Oficial, para la instrumentación de una línea de préstamos de mediación para afectados por la sequía. Mediante la suscripción del presente Convenio, el Ministerio se compromete a bonificar los intereses de los préstamos en las condiciones establecidas y a subvencionar parcialmente las amortizaciones correspondientes. La financiación máxima prevista por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación será de 73.735.416 euros, que se abonarán en cinco años, desde el año 2006 hasta el año 2010. Por su parte, el Instituto de Crédito Oficial se compromete a instrumentar una línea de financiación dentro del límite máximo de 750 millones de euros, a comunicar esta línea de financiación a las entidades financieras con las que suscribirá contratos de financiación y a remitir una relación de las mismas al Ministerio, al que deberán enviar cada 15 días el listado de las disposiciones de fondos efectuadas por las entidades financieras y liquidar con cargo a sus créditos presupuestarios, los importes correspondientes a las bonificaciones de intereses y subvenciones parciales de amortizaciones del principal, en su caso.