Volver a PortadaReunión del Consejo: 27-03-2020
27-03-20202 min de lectura5 visitas

Prohibido despedir por el coronavirus: el Gobierno obliga a usar ERTEs y congela los contratos temporales

Las empresas no podrán rescindir contratos por causas vinculadas a la crisis sanitaria y Trabajo avisa de que perseguirá el fraude con lupa.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

Han aprobado un decreto urgente que prohíbe expresamente a las empresas despedir a sus trabajadores alegando la crisis sanitaria del coronavirus (ni por causas económicas, técnicas, organizativas o de fuerza mayor). La única vía permitida es el ERTE (suspensión temporal de empleo o reducción de jornada). Además, los contratos temporales no se extinguen: quedan en pausa y se reanudarán en cuanto termine la crisis.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo presupuestario fijado en una cifra cerrada en este decreto, ya que se trata principalmente de un cambio normativo y regulatorio. No obstante, el impacto en la caja común del Estado será masivo: el Servicio Público de Empleo (SEPE) asumirá el pago de las prestaciones de paro de cientos de miles de afectados (incluso sin cotización mínima previa) y se han contratado 1.000 funcionarios de refuerzo pagados con dinero público.

¿Quién sale ganando con esto?

Salen ganando los trabajadores asalariados y temporales, que evitan quedarse en la calle de forma fulminante y pasan a cobrar el desempleo protegido. Las empresas se ahorran pagar indemnizaciones por despido inmediato, pero quedan atadas a mantener el empleo mediante ERTE.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí con las trampas y la vigilancia! La Inspección de Trabajo revisará de oficio absolutamente todos los ERTEs presentados. Si una empresa ha falseado datos o intentado aprovecharse del parón para ahorrarse costes sin causa real, se enfrentará a sanciones durísimas y estará obligada a devolver hasta el último céntimo recibido, incluyendo el dinero del paro abonado a sus trabajadores. Además, congelar los contratos temporales no los convierte en fijos: simplemente retrasa su fecha de finalización hasta que pase el estado de alarma.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Se aplica de manera inmediata tras su publicación oficial. El ciudadano de a pie no tiene que acudir a las oficinas del SEPE a hacer colas ni pedir cita: son las propias empresas las que deben remitir al servicio público un formulario colectivo con el DNI y la cuenta corriente de sus empleados para activar el pago del paro.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

El Gobierno impedirá el despido por causas relacionadas con el COVID-19

Redacción burocrática original:

El Gobierno ha adoptado un Real Decreto-ley con medidas complementarias en el ámbito laboral para paliar los efectos derivados de la crisis sanitaria del COVID-19. La nueva norma, completa, concreta y refuerza la aplicación y los mecanismos de control de las medidas puestas en marcha a través del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo. La iniciativa ofrece una mejor cobertura y establece medidas específicas para algunos sectores. Además, pretende agilizar la contratación pública durante la crisis causada por la coronavirus. La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha reiterado que "el Gobierno no va a dejar a nadie atrás" y, con este objetivo, ha acordado hoy un "ambicioso bloque de medidas de carácter social". Pool Moncloa/Borja Puig de la BellacasaDurante su comparecencia, la ministra ha recalcado que nadie puede aprovecharse de la crisis sanitaria para despedir. La norma aprobada hoy, ha subrayado, establece mecanismos legales y recursos públicos ingentes para que los empresarios puedan acudir a los expedientes temporales de regulación de empleo (ERTE) y asegurar el mantenimiento de los contratos. En este sentido, no podrán propiciar despidos por causas de fuerza mayor, técnicas, económicas, organizativas y de producción. Los contratos temporales, ha aclarado, no se extinguen, sino que se interrumpen, y se reanudarán una vez concluya la crisis sanitaria. "No es necesario despedir a nadie en nuestro país. Esta crisis es un paréntesis y creemos que hay mecanismos suficientes para que entre todos hagamos un uso responsable de los bienes públicos". Yolanda Díaz también ha avanzado que se simplificarán los expedientes de regulación temporal de empleo. Las empresas tendrán que rellenar un formulario con los datos personales del trabajador, su Documento Nacional de Identidad y su número de cuenta. Las oficinas del servicio público de empleo tramitarán y reconocerán las prestaciones por desempleo con prontitud. Estas prestaciones, ha aclarado la ministra, se otorgarán incluso a aquellas personas que no cumplen con los plazos de cotización previa habituales. Por otra parte, la ministra ha anunciado que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social revisará de oficio todos los ERTE, comprobará las causas alegadas para solicitarlos y, en caso de solicitudes con falsedades e incorrecciones, o si se observa cualquier tipo de fraude, las empresas "tendrán que devolver hasta el último céntimo de euro percibido, incluida la prestación por desempleo del trabajador afectado". La titular de Empleo ha reconocido la actitud de la ciudadanía ante la crisis, la labor del personal sanitario, el trabajo de los empleados del Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE), que se ha reforzado con 1.000 efectivos, y de todos los servicios públicos, que "están trabajando a destajo".