Hacienda no se quedará un pellizco de las ayudas por el volcán de La Palma: exención total en el IRPF y Sociedades
Los afectados que perdieron su casa o negocio no tendrán que pagar impuestos por las indemnizaciones y ayudas públicas que reciban para reconstruirlos.
Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.
¿Qué han aprobado exactamente?
Han acordado que todas las ayudas públicas destinadas a compensar la destrucción de casas y edificios por el volcán de La Palma queden totalmente libres de impuestos. Ni los vecinos en su declaración de la Renta (IRPF) ni las empresas en el Impuesto de Sociedades tendrán que devolverle un porcentaje a Hacienda.
¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?
No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio mediante el cual el Estado renuncia a recaudar impuestos sobre el dinero entregado a los damnificados.
¿Quién sale ganando con esto?
Las familias, autónomos y propietarios de La Palma que sufrieron la pérdida de sus inmuebles bajo la lava. Podrán disponer del 100% de la ayuda concedida para rehacer sus vidas sin el susto habitual de pagar a Hacienda al año siguiente.
¿Tiene letra pequeña o trampa?
En esta ocasión es una exención directa y limpia, sin trampa oculta: no computará como ganancia patrimonial. El único detalle a tener en cuenta es que la exención cubre estrictamente las ayudas por pérdida o daño de inmuebles por la erupción, no otro tipo de ingresos o subvenciones ordinarias ajenas a la catástrofe.
¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?
Se aplicará de forma directa en las declaraciones de impuestos correspondientes a los ejercicios en los que se perciban estas ayudas. Los beneficiarios no tendrán que integrar estas cantidades en su base imponible.
Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)
Titular oficial:
Exención fiscal en las ayudas a La Palma
Redacción burocrática original: