Volver a PortadaReunión del Consejo: 23-04-2024
23-04-20242 min de lectura2 visitas

Más control a quienes trabajan con niños: los condenados por trata quedan vetados y las empresas podrán revisar antecedentes periódicamente

El Gobierno reforma el registro de delincuentes sexuales para incluir la trata de personas, agilizar consultas con Europa y permitir a colegios y ONG vigilar a su plantilla actual.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

Han modificado el funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales para tapar varios agujeros legales. A partir de ahora, la base de datos pasará a incluir también a cualquier persona condenada por trata de seres humanos. Además, las empresas, colegios, clubes u ONG podrán revisar de forma periódica si a sus trabajadores en activo les ha caído alguna condena reciente, los jóvenes de 16 a 18 años podrán sacarse el certificado directamente sin permiso paterno y el sistema se conectará con el registro europeo para cruzar antecedentes de ciudadanos de la UE al instante.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio enfocado en la gestión e interconexión de bases de datos administrativas.

¿Quién sale ganando con esto?

Ganan principalmente los menores de edad y las familias, que ganan en protección en entornos escolares, campamentos, actividades deportivas y sanitarias. También se benefician las organizaciones y empresas que trabajan con infancia, ya que hasta ahora solo podían exigir el certificado en el momento de la contratación y quedaban a ciegas si el empleado cometía un delito con posterioridad. Asimismo, los monitores o socorristas de 16 y 17 años tendrán menos trabas burocráticas para conseguir su certificado laboral.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

En esta ocasión es una reforma legal sin trampa económica directa ni coste camuflado. La única letra pequeña reside en el plano laboral: la consulta periódica de antecedentes a trabajadores en plantilla requiere obligatoriamente el consentimiento del empleado, lo que traslada a las entidades la gestión de posibles conflictos o negativas por parte de trabajadores en activo.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Entra en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Los trabajadores que necesiten el certificado negativo para ejercer cualquier oficio en contacto habitual con menores pueden seguir solicitándolo de forma gratuita y telemática en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Reforma del Registro Central de Delincuentes Sexuales

Redacción burocrática original:

El Gobierno ha modificado la regulación del actual Registro Central de Delincuentes Sexuales con el fin de reforzar sus funciones de protección integral a la infancia y la adolescencia. El titular de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha recordado que el registro, en funcionamiento desde el año 2016, garantiza que nadie con antecedentes por delitos sexuales trabaje en contacto con menores. "Es una base de datos gratuita, pero no pública, a la que podemos acceder todos los ciudadanos para obtener el certificado de no antecedentes penales para poder trabajar en algún oficio que tenga que ver con menores", ha remarcado. La primera modificación aprobada hoy es que el registro incorporará información sobre las personas condenadas por trata de seres humanos, con independencia de la edad de la víctima. Así, el registro cambia su denominación y pasará a denominarse Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. La segunda novedad, según ha expuesto Félix Bolaños, es que se habilita a empresas, instituciones, ONG y a algunos colegios profesionales a solicitar de forma periódica el certificado negativo de antecedentes penales de sus trabajadores que estén en contacto habitual con menores, contando con su consentimiento. Así se evita que personas que hayan cometido un delito tras haber sido contratadas se relacionen con menores. La tercera reforma supone que la norma habilita a las personas de entre 16 y 18 años, como los monitores de campamentos o socorristas, para que puedan solicitar el certificado al registro directamente, y no a través de sus padres o tutores. La cuarta modificación implica la interconexión del registro de antecedentes penales europeo con el español, de forma que los ciudadanos de la Unión Europea que quieran trabajar en España obtendrán de forma simultánea los dos certificados que se les exigen: el de carencia de antecedentes penales en España y el de carencia en su país de origen. El ministro también ha informado de que se equipara el régimen de cancelación de las condenas dictadas a personas condenadas por delitos sexuales por parte de jueces o tribunales extranjeros al régimen español. "Con esta reforma aumentamos la cooperación con otros países de nuestro entorno y tomamos medidas que simplifican la burocracia al máximo. Trámites que podían prolongarse durante semanas, ahora se podrán hacer con un clic, en prácticamente minutos", ha concluido.