Volver a PortadaReunión del Consejo: 04-08-2020
04-08-20202 min de lectura6 visitas

Hacienda ata en corto las compras por internet: el IVA se pagará en el país de destino

El Gobierno adapta las normas europeas para que todas las compras online tributen el IVA de donde vive el cliente y facilita la ventanilla única para los vendedores.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El Gobierno ha dado luz verde al Proyecto de Ley que adapta dos directivas europeas sobre el IVA en las compras por internet. La regla básica a partir de ahora es que cualquier compra online que hagas a una tienda de otro país de la Unión Europea o de fuera tributará con el IVA de donde tú vives (en nuestro caso, el IVA español). Para no asfixiar a los vendedores con papeleo, se crea una ventanilla única para que declaren todo el IVA directamente en su país de origen y los países se repartan luego la recaudación.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio para mejorar la recaudación y armonizar impuestos dentro de la Unión Europea.

¿Quién sale ganando con esto?

Salen ganando las tiendas locales y el comercio de proximidad español, que competían en clara desventaja frente a plataformas extranjeras que se aprovechaban de lagunas fiscales o tipos de IVA más bajos. También salen ganando las pymes y autónomos españoles que venden por internet al resto de Europa, ya que no tendrán que darse de alta en la Hacienda de cada país europeo donde vendan: lo gestionarán todo desde la Agencia Tributaria española.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

Para el bolsillo del comprador particular, esto puede suponer que algunos productos comprados en tiendas online extranjeras suban de precio al aplicarse de forma automática el 21% de IVA de España en lugar de pagar menos o colarse sin IVA en aduanas. Además, se trata por ahora de un Proyecto de Ley, por lo que todavía tiene que pasar por el Congreso y el Senado para su aprobación definitiva.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

La normativa europea marca como fecha obligatoria de aplicación el 01-01-2021. Como comprador no tienes que hacer ningún trámite, el IVA se te aplicará directamente en la cesta de compra. Si eres vendedor online, podrás acogerte al sistema de ventanilla única de Hacienda en cuanto entre en vigor la ley.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Regulación del IVA del comercio electrónico transfronterizo

Redacción burocrática original:

El Ejecutivo ha aprobado el Proyecto de Ley que transpone dos Directivas de la UE sobre el IVA del comercio electrónico de aplicación obligatoria a partir del 1 de enero de 2021. Su finalidad es generalizar el principio de tributación en destino en las operaciones transfronterizas en el IVA. De esta forma, las ventas de bienes y prestaciones de servicios contratadas online por consumidores comunitarios, y que son enviados o prestados por empresarios o profesionales desde otro Estado miembro o un país tercero, quedan sujetas al IVA en el Estado miembro de llegada de la mercancía o de establecimiento del destinatario. Otra novedad será que un empresario no tendrá que darse de alta en cada Estado miembro en el que realice entregas de bienes o prestaciones de servicios, sino que solo deberá identificarse en la administración tributaria del país establecido, donde ingresará el IVA. Ese país hará llegar esa recaudación al Estado de consumo.