Volver a PortadaReunión del Consejo: 21-12-2021
21-12-20212 min de lectura4 visitas

Reforma de la Ley Concursal: trámites más rápidos para salvar o cerrar negocios y agilizar el perdón de deudas

El Gobierno remite a las Cortes la nueva ley que simplifica la 'segunda oportunidad' para autónomos y particulares endeudados y crea un canal digital exprés para microempresas.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El envío a las Cortes del proyecto de reforma de la Ley Concursal. En cristiano: cambian las normas para cuando un negocio o un particular entra en quiebra. Se facilita reestructurar deudas antes de que sea tarde, se habilita una plataforma online para que las micropymes gestionen su situación sin pagar notarios ni auditores, y se aceleran los plazos de la ley de segunda oportunidad para perdonar deudas a particulares y autónomos que hayan fracasado de buena fe.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio.

¿Quién sale ganando con esto?

Los autónomos, particulares asfixiados por las deudas y las microempresas viables. Quienes tengan un bache temporal tendrán herramientas para negociar con sus acreedores sin costes desorbitados, y quienes tengan que cerrar podrán acogerse al borrón y cuenta nueva con menos trabas.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí! La norma no es un cheque en blanco ni salvará a empresas que no tengan viabilidad real (las llamadas empresas zombi). Además, el perdón de deudas exige demostrar que se es deudor de buena fe y suele toparse con restricciones a la hora de exonerar deudas con Hacienda y la Seguridad Social. Tampoco evitará que quien elija liquidar tenga que entregar su patrimonio antes de recibir el perdón total.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede solicitar ni está en vigor. Al tratarse de un Proyecto de Ley, primero tiene que superar todo el trámite parlamentario de enmiendas y votaciones en el Congreso y el Senado antes de su aprobación definitiva y publicación en el BOE.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Proyecto de Ley Concursal

Redacción burocrática original:

La ministra de Justicia, Pilar Llop, ha destacado que la norma transpone la directiva europea de reestructuración e insolvencia y se suma a otras dos reformas estructurales, también contempladas dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que están en tramitación parlamentaria: la Ley Crea y Crece y la denominada Ley de Startups. Pilar Llop ha avanzado que la norma tiene como objetivo que ninguna empresa viable "tenga que bajar la persiana" por tener dificultades económicas puntuales: "No queremos que ningún emprendedor deje de emprender por culpa de un proyecto fallido que le lastre para siempre". La directiva incide en tres puntos: la reestructuración temprana de las empresas viables, la posibilidad de una exoneración de deudas para deudores de buena fe y la necesidad de incrementar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración de insolvencia y reestructuración de deuda. La titular de Justicia ha señalado que el nuevo marco regulatorio supone un salto cualitativo respecto al modelo concursal vigente porque agiliza y flexibiliza los procedimientos e incorpora las mejores prácticas de otros modelos europeos. La clave, ha reiterado la ministra, es la viabilidad de la actividad económica: "No se trata de mantener las constantes vitales, de mantener en funcionamiento a cualquier empresa, a cualquier coste, bajo cualquier precio, lo que se conoce como 'zombificacion' de las empresas, sino de mantener el funcionamiento de empresas que son realmente viables, es decir, aquellas cuyo valor en funcionamiento es superior al valor de liquidación". Pilar Llop ha añadido que esta norma contribuirá a mantener los puestos de trabajo y a reforzar el tejido productivo empresarial en un contexto de recuperación y transformación tras la crisis derivada por la pandemia de COVID-19. La ministra ha afirmado que también se han acometido reformas no contempladas en la directiva comunitaria pero que son necesarias para proteger a las microempresas. En este sentido, el texto del proyecto de ley introduce la figura de los planes de reestructuración empresarial, un instrumento preconcursal dirigido a evitar la insolvencia o a superarla, que incentiva una actuación temprana. Los indicadores de alerta temprana avisarán a las empresas para que, antes de alcanzar problemas financieros, acudan a los procedimientos preconcursales. Además, Pilar Llop ha incidido en que una plataforma telemática de liquidación simplificará trámites, abaratará costes y establecerá un procedimiento específico para las microempresas, que permitirá su reestructuración sin que tengan que acudir a un notario o a un auditor. En la misma línea se regula una nueva figura, la de experto en restructuración, que mediará en las negociaciones de los planes de reestructuración y que acompañará a los deudores con poca experiencia en aquellos casos en los que se llegue a los tribunales. Por otra parte, se facilitará que el deudor de buena fe, ya sea empresario o consumidor, pueda cancelar su deuda. Llop ha explicado que se reducen los plazos para alcanzar la exoneración definitiva. Lo que se conoce comúnmente como la segunda oportunidad, ahora se denomina el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho. El deudor podrá optar por la exoneración inmediata, mediante el sistema de liquidación, o por un plan de pagos, un sistema de exoneración provisional.La ministra ha añadido que la eficiencia y la transparencia del procedimiento se van a incrementar mejorando la formación, capacitación y responsabilidad de los administradores concursales.