Reforma de la Ley Concursal: trámites más rápidos para salvar o cerrar negocios y agilizar el perdón de deudas
El Gobierno remite a las Cortes la nueva ley que simplifica la 'segunda oportunidad' para autónomos y particulares endeudados y crea un canal digital exprés para microempresas.
Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.
¿Qué han aprobado exactamente?
El envío a las Cortes del proyecto de reforma de la Ley Concursal. En cristiano: cambian las normas para cuando un negocio o un particular entra en quiebra. Se facilita reestructurar deudas antes de que sea tarde, se habilita una plataforma online para que las micropymes gestionen su situación sin pagar notarios ni auditores, y se aceleran los plazos de la ley de segunda oportunidad para perdonar deudas a particulares y autónomos que hayan fracasado de buena fe.
¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?
No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio.
¿Quién sale ganando con esto?
Los autónomos, particulares asfixiados por las deudas y las microempresas viables. Quienes tengan un bache temporal tendrán herramientas para negociar con sus acreedores sin costes desorbitados, y quienes tengan que cerrar podrán acogerse al borrón y cuenta nueva con menos trabas.
¿Tiene letra pequeña o trampa?
¡Ojo aquí! La norma no es un cheque en blanco ni salvará a empresas que no tengan viabilidad real (las llamadas empresas zombi). Además, el perdón de deudas exige demostrar que se es deudor de buena fe y suele toparse con restricciones a la hora de exonerar deudas con Hacienda y la Seguridad Social. Tampoco evitará que quien elija liquidar tenga que entregar su patrimonio antes de recibir el perdón total.
¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?
Por ahora nada: aún no se puede solicitar ni está en vigor. Al tratarse de un Proyecto de Ley, primero tiene que superar todo el trámite parlamentario de enmiendas y votaciones en el Congreso y el Senado antes de su aprobación definitiva y publicación en el BOE.
Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)
Titular oficial:
Proyecto de Ley Concursal
Redacción burocrática original: