Volver a PortadaReunión del Consejo: 29-03-2022
29-03-20223 min de lectura1 visitas

Tope al alquiler del 2%, subida del 15% en el IMV y cerrojazo a los despidos por la luz

El Gobierno frena las subidas libres en los contratos de alquiler, encarece los despidos que usen como excusa la crisis energética y refuerza la acogida de refugiados de Ucrania.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

Un paquete de choque urgente para frenar el golpe de la inflación en el bolsillo de la gente: se limita por ley la subida de los alquileres a un máximo del 2%, se prohíbe a las empresas despedir alegando el subidón de la factura energética (deben usar ERTEs pagados con fondos públicos), se sube un 15% el Ingreso Mínimo Vital y se diseñan planes de acogida y protección contra la trata para los refugiados de Ucrania.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste presupuestario global directo especificado; en su mayor parte son cambios normativos y regulatorios a coste cero para las arcas públicas (como el tope del 2% a caseros o la regulación del despido), mientras que el aumento del 15% del IMV y los ERTEs se absorben mediante las partidas ordinarias de la Seguridad Social y el sistema de protección laboral.

¿Quién sale ganando con esto?

Los grandes beneficiados son los inquilinos a los que les toque la revisión anual de la renta (evitan pagar subidas disparadas por la inflación), los hogares más vulnerables que cobran el Ingreso Mínimo Vital y los trabajadores de empresas golpeadas por los costes energéticos. Por contra, los propietarios de viviendas en alquiler asumen el coste de no poder actualizar sus contratos al ritmo del coste real de la vida.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí con la letra pequeña! En el alquiler, el tope estricto e infranqueable del 2% es obligatorio para los grandes tenedores de vivienda; si tu casero es un particular o pequeño propietario, la norma contempla el "pacto entre las partes", lo que puede abrir la puerta a que el casero presione al inquilino para pactar una subida mayor. Además, este límite se fijó inicialmente con fecha límite hasta el 30-06-2022. Por otra parte, "prohibir el despido" no impide físicamente que un empresario despida: significa que si lo hace usando la excusa de la energía, el juez lo declarará improcedente o nulo y la empresa tendrá que pagar la indemnización máxima o readmitir al trabajador. En cuanto a la acogida de refugiados, la gestión real dependerá del acuerdo y la capacidad de gestión de cada Comunidad Autónoma.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Es de aplicación directa tras su publicación en el BOE. Los inquilinos no deben tramitar nada: si el casero les notifica la subida anual, no puede exigir más del 2%. Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital recibirán el incremento del 15% de forma automática en su cuenta bancaria sin tener que rellenar ningún formulario.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Ayuda a las familias, trabajadores, personas desplazadas y refugiadas

Redacción burocrática original:

Díaz ha abogado por el mantenimiento del empleo y ha recordado a los empresarios que el despido es innecesario porque pueden acogerse al mecanismo de los ERTES, a través de los que se destinan recursos públicos para costear salarios y cotizaciones sociales: "En las crisis, cuando hay mecanismos de protección social, como es el caso de nuestro país, no hay que despedir", ha dicho. La ministra ha explicado que se ha incorporado como novedad que cualquier despido que se produzca por causas relacionadas con el incremento de los precios de la energía se considere injustificado. Por otro lado, para reducir el impacto de la inflación, la norma incluye una revalorización de un 15% del Ingreso Mínimo Vital y una limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda hasta el 30 de junio de 2022. Salvo pacto en contrario, no podrá superar la variación del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), actualmente situado en el 2%. Si el arrendador es un gran tenedor, en ningún caso será superior al 2%. La vicepresidenta segunda se ha referido también a dos procedimientos que se pondrán en marcha para proteger a las víctimas de la guerra de Ucrania. Por un lado, para evitar que las mujeres caigan en manos de redes de trata o para sacarlas de ellas de manera "rápida y eficaz", y, por otro, para diseñar, de acuerdo con las comunidades autónomas, un sistema de acogimiento de refugiados por parte de familias.