Tope al alquiler del 2%, subida del 15% en el IMV y cerrojazo a los despidos por la luz
El Gobierno frena las subidas libres en los contratos de alquiler, encarece los despidos que usen como excusa la crisis energética y refuerza la acogida de refugiados de Ucrania.
Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.
¿Qué han aprobado exactamente?
Un paquete de choque urgente para frenar el golpe de la inflación en el bolsillo de la gente: se limita por ley la subida de los alquileres a un máximo del 2%, se prohíbe a las empresas despedir alegando el subidón de la factura energética (deben usar ERTEs pagados con fondos públicos), se sube un 15% el Ingreso Mínimo Vital y se diseñan planes de acogida y protección contra la trata para los refugiados de Ucrania.
¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?
No tiene coste presupuestario global directo especificado; en su mayor parte son cambios normativos y regulatorios a coste cero para las arcas públicas (como el tope del 2% a caseros o la regulación del despido), mientras que el aumento del 15% del IMV y los ERTEs se absorben mediante las partidas ordinarias de la Seguridad Social y el sistema de protección laboral.
¿Quién sale ganando con esto?
Los grandes beneficiados son los inquilinos a los que les toque la revisión anual de la renta (evitan pagar subidas disparadas por la inflación), los hogares más vulnerables que cobran el Ingreso Mínimo Vital y los trabajadores de empresas golpeadas por los costes energéticos. Por contra, los propietarios de viviendas en alquiler asumen el coste de no poder actualizar sus contratos al ritmo del coste real de la vida.
¿Tiene letra pequeña o trampa?
¡Ojo aquí con la letra pequeña! En el alquiler, el tope estricto e infranqueable del 2% es obligatorio para los grandes tenedores de vivienda; si tu casero es un particular o pequeño propietario, la norma contempla el "pacto entre las partes", lo que puede abrir la puerta a que el casero presione al inquilino para pactar una subida mayor. Además, este límite se fijó inicialmente con fecha límite hasta el 30-06-2022. Por otra parte, "prohibir el despido" no impide físicamente que un empresario despida: significa que si lo hace usando la excusa de la energía, el juez lo declarará improcedente o nulo y la empresa tendrá que pagar la indemnización máxima o readmitir al trabajador. En cuanto a la acogida de refugiados, la gestión real dependerá del acuerdo y la capacidad de gestión de cada Comunidad Autónoma.
¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?
Es de aplicación directa tras su publicación en el BOE. Los inquilinos no deben tramitar nada: si el casero les notifica la subida anual, no puede exigir más del 2%. Los perceptores del Ingreso Mínimo Vital recibirán el incremento del 15% de forma automática en su cuenta bancaria sin tener que rellenar ningún formulario.
Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)
Titular oficial:
Ayuda a las familias, trabajadores, personas desplazadas y refugiadas
Redacción burocrática original: