Volver a PortadaReunión del Consejo: 31-05-2022
31-05-20222 min de lectura1 visitas

Adiós a esperar horas al teléfono: el Gobierno fija un máximo de 3 minutos para que te atienda una persona

La nueva ley obligará a eléctricas, teleoperadoras y bancos a responder quejas en 15 días y prohibirá cortar el suministro mientras haya una reclamación abierta.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El envío a las Cortes del proyecto de Ley de Atención a la Clientela para meter en cintura a grandes empresas, bancos, telecos y eléctricas. La norma fija la obligación de que te atienda un operador humano de carne y hueso si no quieres hablar con un contestador automático, un tiempo máximo de espera telefónica de 3 minutos, la resolución de quejas en menos de 15 días y la prohibición de intentar venderte productos mientras estás reclamando.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio cuyos costes de adaptación deberán asumir íntegramente las propias empresas afectadas.

¿Quién sale ganando con esto?

Cualquier ciudadano harto de laberintos telefónicos para reclamar una factura o darse de baja de un servicio. Se benefician especialmente los consumidores vulnerables, mayores o con discapacidad, que contarán con canales específicos y accesibles, y los usuarios de suministros básicos (luz, agua, gas), a quienes no se les podrá cortar el servicio mientras exista una reclamación en trámite.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí! El éxito real de la medida dependerá exclusivamente de que el Estado inspeccione y sancione con mano dura. Las multas leves parten de apenas 150 euros y las graves llegan a 100.000 euros, cifras que para gigantes energéticos o de telecomunicaciones con beneficios multimillonarios pueden ser calderilla, corriendo el riesgo de que prefieran asumir la sanción antes que contratar a personal suficiente.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede exigir en las llamadas. El texto es únicamente un proyecto remitido al Congreso y al Senado, por lo que aún debe pasar por todo el trámite parlamentario, aprobarse definitivamente y publicarse en el BOE antes de entrar en vigor.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Ley de atención al cliente

Redacción burocrática original:

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros. | El ministro de Consumo, Alberto Garzón, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros. El Gobierno ha acordado remitir a las Cortes el Proyecto de Ley de Servicios de Atención a la Clientela, cuyo objetivo es facilitar que los consumidores puedan ejercer sus derechos ante las empresas que hayan contratado de una forma más rápida y sencilla y con mayores garantías. El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha afirmado que los servicios de atención al cliente son indispensables en las relaciones de consumo, pero ha lamentado que, hasta ahora, el pleno ejercicio del derecho a ser atendido por las empresas se ha visto demasiado a menudo dificultado por laberintos administrativos o tiempos de espera excesivos. "Son muchos los que desesperan cuando están ante una llamada de atención al cliente o cuando encuentran serias dificultades para darse de baja de un servicio, lo que implica un gasto enorme de energía, de tiempo y de dinero que muchas veces acaban significando la renuncia al derecho efectivo de la atención al cliente", ha explicado. La nueva norma, ha continuado, conseguirá que se establezca un suelo de protección válido para todas las relaciones contractuales en nuestro país en materia de consumo y tendrá una gran incidencia social en la vida cotidiana de las personas. La futura ley afecta a todas las empresas públicas y privadas que ofrezcan servicios básicos como el suministro de electricidad, gas y agua, transporte de pasajeros, servicios postales, financieros y de comunicación audiovisual de acceso condicional mediante pago, y comunicaciones electrónicas y telefónicas. También, independientemente del sector, a aquellas que tengan más de 250 trabajadores o un volumen de negocio superior a 50 millones de euros. Todas estas empresas deberán disponer de un servicio de atención al cliente cuyo horario se corresponda, como mínimo, con su tiempo de horario comercial, aunque las empresas de servicios básicos deberán garantizarlo las 24 horas del día, todos los días del año. Las infracciones leves de las previsiones de la ley podrán conllevar la imposición de sanciones de 150 a 10.000 euros o de 2 a 4 veces el beneficio ilícito realizado. Si son graves, la sanción puede alcanzar los 100.000 euros o de 4 a 6 veces el beneficio ilícito obtenido. El ministro ha destacado algunos de los aspectos principales del texto, como el plazo de resolución de reclamaciones, quejas e incidencias presentadas ante la empresa, que no podrá ser nunca superior a 15 días y que, en el caso de servicios básicos, será de dos horas. Asimismo, no se podrá cortar ningún suministro mientras haya una reclamación en curso. Respecto a los tiempos de espera en las llamadas telefónicas a los servicios generales de información, reclamación y postventa, se establece que el máximo será de 3 minutos. Las empresas deberán garantizar que el 95% de las llamadas anuales recibidas hayan sido atendidas por debajo de ese límite de tiempo. La utilización exclusiva de sistemas robotizados de atención al cliente queda prohibida y, si un consumidor solicita ser atendido por una persona, las empresas tendrán que satisfacer esa demanda. Además, deberán disponer de recursos para atender de manera específica a las personas mayores o con algún tipo de discapacidad, por ejemplo, ofreciéndoles servicios de mensajería instantánea o sistemas de interpretación en lengua de signos. Asimismo, durante el transcurso de una llamada realizada al teléfono de atención al cliente, que deberá ser gratuito, no estará permitido transferirla a un teléfono de pago. Finalmente, el departamento de atención al cliente de la empresa deberá estar separado de otros como el de marketing, con el fin de evitar que en el curso de una comunicación sean ofrecidos al consumidor nuevos servicios: "El canal de atención al cliente está específicamente para atender al cliente y no para realizar nuevos contratos", ha subrayado Garzón.