Volver a PortadaReunión del Consejo: 31-05-2022
31-05-20222 min de lectura1 visitas

El Gobierno actualiza el registro de voluntades anticipadas para blindar la aplicación de la ley de eutanasia

Se modifican las normas y la base de datos nacional donde los ciudadanos dejan por escrito qué cuidados médicos o tratamientos desean recibir si pierden la consciencia o capacidad de decisión.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

Han actualizado el reglamento y la base de datos oficial donde quedan registradas las instrucciones previas (lo que comúnmente se conoce como 'testamento vital'). El objetivo es adaptar este registro nacional a la Ley de Eutanasia, para que los médicos puedan consultar de forma rápida y segura las voluntades de un paciente cuando este ya no pueda expresarse por sí mismo.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio enfocado a la gestión técnica de ficheros administrativos.

¿Quién sale ganando con esto?

Cualquier ciudadano que quiera dejar por escrito sus decisiones médicas ante una enfermedad terminal o incapacitante, y el personal sanitario, que tendrá acceso directo y centralizado a estos documentos oficiales para cumplir con la voluntad del paciente sin vacíos legales.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

La trampa habitual en estos procedimientos está en la burocracia autonómica: las instrucciones previas se registran a través de las comunidades autónomas o ante notario. Si el sistema informático autonómico tarda en volcar los datos al registro nacional o hay retrasos en la tramitación administrativa local, la voluntad del paciente puede tardar en estar visible para los médicos.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Se aplicará en cuanto se publique el decreto en el Boletín Oficial del Estado. Si un ciudadano quiere registrar o modificar su testamento vital o sus instrucciones previas respecto a la eutanasia, debe acudir a los servicios de salud de su comunidad autónoma o formalizarlo ante notario para que quede inscrito en el sistema oficial.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Regulación del Registro Nacional de Instrucciones Previas

Redacción burocrática original:

El Gobierno ha modificado la regulación del Registro Nacional de Instrucciones Previas y el correspondiente fichero automatizado de datos de carácter personal donde se recogen los documentos de instrucciones previas, voluntades anticipadas o documentos equivalentes, a los que se refiere la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia. La ministra lo ha calificado de trámite reglamentario " técnico", pero importante para garantizar el ejercicio del derecho a la muerte digna en nuestro país.