Volver a PortadaReunión del Consejo: 07-06-2022
07-06-20222 min de lectura1 visitas

Los bares estarán obligados a darte las sobras y los grandes supermercados a tener un plan para no tirar comida

El Gobierno aprueba el proyecto de ley contra el desperdicio de alimentos que obligará a la hostelería a facilitarte tu comida para llevar y a los híper a donar excedentes.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El Gobierno ha dado luz verde al proyecto de ley contra el desperdicio alimentario. La norma obligará a los restaurantes a ofrecer a los clientes la comida que no se hayan terminado para que se la lleven a casa, y exigirá a los grandes supermercados e industrias alimentarias tener un plan para reducir la comida que tiran a la basura y facilitar su donación a bancos de alimentos.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio que impone nuevas obligaciones y procedimientos a las empresas y comercios del sector.

¿Quién sale ganando con esto?

Los consumidores, que podrán llevarse a casa la comida que han pagado en los restaurantes sin que les pongan pegas o malas caras, y las organizaciones sociales y bancos de alimentos, que podrán recibir excedentes en buen estado de forma regulada.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

El texto exime de tener un plan de prevención a las tiendas pequeñas de menos de 1.300 metros cuadrados. Además, para las donaciones a bancos de alimentos, la ley exige que los productos estén dentro de su periodo de consumo preferente; si superan esa fecha, aunque sigan siendo perfectamente seguros para el consumo, las entidades no podrán recibirlos como donación directa bajo esta norma.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede exigir en los bares ni sancionar a comercios, ya que se trata de un proyecto de ley que primero debe tramitarse, debatirse y votarse en el Congreso de los Diputados y en el Senado antes de publicarse en el BOE y entrar en vigor.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario

Redacción burocrática original:

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha destacado el carácter pionero de la futura Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario en la Unión Europea -solo Francia e Italia disponen de una regulación semejante- y su oportunidad, no solo porque todavía existen el hambre y la malnutrición en el mundo sino porque también "en estos momentos hablamos de la posibilidad de una crisis alimentaria y de la necesidad de la producción de alimentos en el mundo". El despilfarro de alimentos, ha señalado Planas, es una ineficiencia de la cadena alimentaria, en la que se produce una pérdida del 20%. Para reducir ese porcentaje, todos los elementos de la cadena, excepto las tiendas de menos de 1.300 metros cuadrados, estarán obligados a tener un plan específico. La ley impone también otras obligaciones, como la de que los establecimientos de hostelería tendrán que poner a disposición del cliente la comida no consumida para llevársela, si así lo solicita. Planas ha destacado que, de ese 20% de las pérdidas a lo largo de la cadena, un 40% se da en la venta al por menor o en los hogares, de ahí que la ley tenga en la concienciación social del problema uno de sus pilares. Durante el año 2020, los hogares españoles tiraron a la basura 1.364 millones de kilos/litros de alimentos, una media de 31 kilos/litros y 250 euros anuales por persona. El texto regula, por otra parte, la donación a bancos de alimentos, estableciendo que solo podrán ser donados aquellos que estén dentro del periodo de consumo preferente, es decir, dentro del plazo en el que todas sus características están efectivamente vigentes.