Volver a PortadaReunión del Consejo: 14-06-2022
14-06-20222 min de lectura1 visitas

Fin al copago de prótesis para rentas bajas y freno a la sanidad privada: así cambia la ley sanitaria

El Gobierno aprueba una reforma que prioriza los hospitales públicos, elimina el pago de material ortopédico a los más vulnerables y amplía la cobertura médica.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

Una reforma legal para blindar que los hospitales y centros de salud se gestionen directamente desde la administración pública, dejando los conciertos privados solo como una excepción justificada. Además, se prohíbe meter nuevos copagos sanitarios, se elimina el pago de prótesis y material ortopédico para rentas bajas y se extiende la cobertura sanitaria gratuita a más colectivos, como familiares reagrupados o víctimas de trata.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio. Sin embargo, el coste real de dar estas nuevas prestaciones y eliminar los copagos recaerá en el gasto sanitario diario que gestionan y pagan las comunidades autónomas.

¿Quién sale ganando con esto?

Salen ganando los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, pensionistas con rentas muy bajas, familias con prestación por hijos a cargo y menores con discapacidad reconocida, que ya no tendrán que pagar de su bolsillo prótesis u ortopedias. También ganan los españoles que residen fuera cuando vuelvan de visita, los padres mayores reagrupados por sus hijos, solicitantes de asilo y víctimas de explotación sexual.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí! Aunque se vende como un blindaje total contra la privatización, la ley mantiene abierta la puerta trasera: permite recurrir a empresas y clínicas privadas siempre que la comunidad autónoma justifique que la sanidad pública no da abasto. Además, la factura de atender a estos nuevos colectivos y perdonar los copagos no la paga el Ministerio con dinero extra, sino que tendrán que asumirla las comunidades autónomas con sus presupuestos autonómicos ordinarios.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede solicitar ni está en vigor. Se trata del primer paso de un proyecto de ley que todavía tiene que pasar por el Congreso de los Diputados y el Senado para su tramitación parlamentaria, debate y votación definitiva antes de publicarse en el BOE.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Equidad, Universalidad y Cohesión del SNS

Redacción burocrática original:

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Foto: Pool Moncloa/Fernando Calvo Carolina Darias ha destacado que el texto aprobado parte de la defensa del valor de lo público, de ahí que blinde la sanidad pública y la gestión directa como el modelo a seguir en el Sistema Nacional de Salud. Esta gestión directa es la que realizan las Administraciones Públicas -estatal, autonómica y local-, las entidades que constituyen el sector público institucional o consorcios de titularidad exclusivamente pública. La gestión indirecta se permitirá solo en determinados casos: "La ley establece las excepciones que habilitan la gestión indirecta bajo una visión complementaria y de apoyo, nunca sustitutoria, siempre motivada objetivamente y solo cuando no sea posible la gestión directa", ha afirmado Darias. Otro aspecto importante es que se recupera la cartera única común de servicios, que incluye todas las prestaciones públicas y establece las garantías necesarias para que no se puedan volver a introducir nuevos copagos sanitarios. En este ámbito, quedan eliminados los copagos por prestaciones ortoprotésicas para los colectivos a los que ya se liberó del copago farmacéutico, concretamente las personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital, los pensionistas con rentas bajas, las personas menores con discapacidad reconocida, y las personas perceptoras de una prestación por hijos a cargo. Asimismo, se reconoce el derecho a la asistencia sanitaria con cargo a los fondos públicos a las personas ascendientes reagrupadas cuando tengan un hijo o hija titular del derecho a la asistencia sanitaria en el SNS y no exista un tercero obligado al pago; a las personas españolas de origen que residan en el exterior durante sus desplazamientos a nuestro país, así como a sus familiares; a las personas solicitantes de protección internacional, a las personas solicitantes y beneficiarias de protección temporal, y a las víctimas de trata de seres humanos o de explotación sexual. La ministra ha explicado que la ley también garantiza que el derecho a la protección a la salud y la asistencia sanitaria de las personas no registradas ni autorizadas como residentes en España sea ejercido con los mismos requisitos y condiciones en todas las comunidades autónomas. Del mismo modo, se regula con carácter homogéneo la rehabilitación para personas con déficit funcional en los ámbitos sanitario y sociosanitario. Finalmente, la ministra ha enumerado otras novedades como la consolidación de la participación de los pacientes, colegios profesionales y otros colectivos en el Foro Abierto de Salud, que se convierte en órgano permanente del Consejo Interterritorial del SNS; la evaluación obligatoria del impacto en salud en las iniciativas legislativas del Gobierno, y el tratamiento de datos sanitarios en aquellos aspectos no regulados por la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.