Volver a PortadaReunión del Consejo: 01-08-2022
01-08-20222 min de lectura1 visitas

El Gobierno prepara la nueva ley de secretos oficiales: los trapos sucios podrán seguir ocultos hasta 65 años

La Moncloa presenta el borrador para sustituir la norma franquista de 1968, creando cuatro niveles de blindaje y multas de hasta 3 millones de euros por filtraciones.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El Gobierno ha presentado el borrador de la futura Ley de Información Clasificada para enterrar la ley franquista de secretos oficiales de 1968. La norma clasifica los papeles del Estado en cuatro niveles (alto secreto, secreto, confidencial y restringido) y crea un organismo bajo el control del Ministerio de la Presidencia para vigilar quién puede consultar estos documentos y quién no.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio.

¿Quién sale ganando con esto?

Sale ganando el Ejecutivo y las cúpulas del Estado (como ministerios, el CNI o las direcciones de Policía y Guardia Civil), que retienen la potestad de decidir qué se oculta al público y blindar sus decisiones. Salen perdiendo los periodistas, historiadores y la ciudadanía, que seguirán esperando décadas para poder consultar libremente información de interés público.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Vaya si la tiene! Aunque se promocione como un avance democrático frente a la ley de 1968, los plazos para desclasificar documentos son larguísimos: los calificados como 'alto secreto' podrán mantenerse ocultos hasta 65 años (50 años de partida más 15 de prórroga) y los de 'secreto' hasta 50 años. Además, el control de quién accede a estos papeles se centraliza en un órgano que depende directamente del Gobierno y se fijan sanciones durísimas, con multas que van desde los 50.000 hasta los 3 millones de euros para quien filtre información.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no está en vigor. Se trata únicamente de un primer borrador que todavía tiene que volver al Consejo de Ministros como proyecto de ley y someterse a debate y votación en las Cortes Generales antes de publicarse en el BOE.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Futura Ley de Información Clasificada

Redacción burocrática original:

El ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, ha presentado la futura Ley de Información Clasificada, que sustituirá a la vigente Ley sobre Secretos Oficiales, aprobada en 1968 y reformada en octubre de 1978, antes de aprobarse la Constitución. Bolaños ha afirmado que se trata de una ley "avanzada y garantista", que sustituye a una norma preconstitucional y se adapta a la Constitución y a los estándares de tratamiento de la información clasificada de los socios de la Unión Europea y de la OTAN. A su juicio, la norma establece un equilibrio entre la transparencia y el derecho a conocer, por un lado, y la seguridad nacional. Félix Bolaños El Proyecto de Ley presentado hoy establece cuatro categorías de clasificación: alto secreto, secreto, confidencial y restringido. A cada nivel se le asigna un nivel de protección diferente en función del peligro que puede suponer para la seguridad o la defensa nacional su revelación no autorizada o su utilización indebida. Félix Bolaños ha detallado que la competencia para clasificar como alto secreto y secreto cualquier documento corresponde al Consejo de Ministros. Mientras que la clasificación como restringido o confidencial podrán hacerla determinadas autoridades, como, por ejemplo, los titulares de los ministerios, la directora del Centro Nacional de Inteligencia, el director del Departamento de Seguridad Nacional, los delegados y subdelegados del Gobierno y los directores generales de la Policía y de la Guardia Civil. La ley prevé, por primera vez en la historia de España, la desclasificación automática una vez transcurridos unos plazos, que dependerán del nivel de protección de los asuntos. El contenido que se considere de alto secreto se desclasificará a los 50 años y se podrá prorrogar durante 15 más; el secreto a los 40 años, con una prórroga de hasta 10. La información clasificada como confidencial se desclasificará entre los 7 y los 10 años y la restringida entre los 4 y los 6. Estos plazos, según ha apuntado el ministro, "son revisables". Bolaños ha añadido que se crea la Autoridad Nacional para la Protección de la Información Clasificada, dependiente del Ministerio para la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, que será el órgano encargado de la protección y el tratamiento de la información de alto secreto, secreto o confidencial que se produzca en España y de la que provenga de otros Estados u organizaciones internacionales. Además, valorará la idoneidad de las personas que deben tener acceso a esa información, concederá la habilitación para su tratamiento profesional y regulará el acceso parlamentario. Félix Bolaños también ha avanzado que el texto establece las garantías para el tratamiento, la protección y custodia de la información, cuya consulta se realizará preferentemente en la dependencia donde se encuentre archivada. En caso de difusión indebida, las multas podrían oscilar entre los 50.000 y los tres millones de euros, sin perjuicio de las responsabilidades penales que se deriven. El ministro ha incidido en que el texto que se presenta hoy es susceptible de ser perfeccionado antes de volver al Consejo de Ministros como proyecto de ley y, una vez remitido a las Cortes, durante la tramitación parlamentaria.