Volver a PortadaReunión del Consejo: 30-08-2022
30-08-20222 min de lectura1 visitas

Tendrás derecho a exigir un presupuesto por escrito a tu abogado: el Gobierno lanza la Ley del Derecho de Defensa

El nuevo proyecto busca regular tus garantías ante los tribunales, reforzar la orientación jurídica gratuita y blindar las normas para los 150.000 abogados ejercientes.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El primer borrador (anteproyecto) de la Ley Orgánica del Derecho de Defensa. Es una norma que pretende fijar en una sola ley las reglas que protegen a cualquier persona que se meta en un lío judicial o contrate asesoramiento legal. La principal novedad para el cliente de a pie es que podrá exigir que le pongan las condiciones y honorarios por escrito en una hoja de encargo antes de empezar.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio.

¿Quién sale ganando con esto?

Por un lado, los ciudadanos que necesiten acudir a un juicio o asesorarse, que tendrán mayor transparencia sobre el coste del servicio. Por otro lado, los 150.000 abogados ejercientes en España, cuyas garantías profesionales y deber de secreto pasan a estar blindados con rango de ley orgánica y no solo en sus estatutos internos. Además, se refuerzan los servicios de orientación jurídica gratuita para personas sin recursos o colectivos vulnerables.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

El texto promete igualdad y garantías para todos sin importar el bolsillo, pero no soluciona el colapso real de los juzgados ni incluye una inyección económica directa para mejorar las precarias retribuciones de los abogados del turno de oficio. De nada sirve blindar el derecho a la defensa sobre el papel si un procedimiento ordinario sigue tardando años en resolverse.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede exigir ni aplicar. Es solo un anteproyecto aprobado por el Gobierno que ahora debe pasar todo el trámite parlamentario en el Congreso y en el Senado, donde los partidos podrán presentar enmiendas antes de su aprobación definitiva y publicación en el BOE.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Ley Orgánica del Derecho de Defensa

Redacción burocrática original:

La ministra de Justicia, Pilar Llop, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Pool Moncloa/Javier de Amescua El Gobierno ha presentado el Anteproyecto de Ley Orgánica del Derecho de Defensa, que comprende la prestación de asistencia letrada o asesoramiento en derecho y la defensa de los intereses legítimos de la persona a través de los procedimientos previstos legalmente. La ministra de Justicia, Pilar Llop, ha afirmado que todo el mundo debe poder acceder al sistema de justicia con las máximas garantías y que el derecho de defensa no puede depender del bolsillo, de la situación social ni del lugar donde se viva: "Todos podemos vernos envueltos en un proceso judicial a lo largo de nuestra vida y todos tenemos que tener la garantía de que tendremos los mismos derechos para enfrentarnos a ese procedimiento". El Gobierno, ha asegurado Llop, está comprometido con la transformación del sistema de justicia hacia un modelo más eficiente, sostenible e igualitario "que debe pivotar sobre el desarrollo, la igualdad y la cohesión social, territorial, económica y digital". Llop ha destacado que la nueva norma tendrá también carácter pionero en Europa, incluido el Reino Unido. El derecho a la tutela judicial efectiva es un derecho fundamental recogido en el artículo 24 de la Constitución Española que, no obstante, todavía no se había plasmado en una ley orgánica. "Actualmente cuenta con una regulación fragmentada y que, desde luego, no es todo lo completa que debería ser por la trascendencia que tiene este derecho en el sistema de la calidad democrática", ha señalado Llop. El texto refuerza las garantías de los ciudadanos y ciudadanas para que, cuando estén involucrados en algún procedimiento judicial o sistema alternativo de resolución de controversias, lo hagan con mayor confianza en el sistema de justicia y en la institución de la abogacía. Como novedad, por primera vez con rango de ley, toda persona podrá solicitar que la contratación de los servicios jurídicos de defensa se formalice por escrito en una hoja de encargo profesional o medio equivalente. Respecto a los profesionales de la abogacía, un importante colectivo -250.000 hombres y mujeres, 150.000 de ellos ejercientes en los juzgados y tribunales-, la ley recoge las garantías, deberes, conductas y principios que hasta ahora solo figuraban en los estatutos del colectivo profesional. La asistencia jurídica se prestará por profesionales titulados colegiados, garantizándose su actuación siempre libre e independiente, así como la confidencialidad de las comunicaciones y secreto profesional. Se prevé también la existencia de los Servicios de Orientación Jurídica Colegiales para que cualquier persona pueda ser asesorada con independencia de sus recursos económicos, pero especialmente si pertenece a un colectivo vulnerable.