Volver a PortadaReunión del Consejo: 08-11-2022
08-11-20222 min de lectura1 visitas

Control a los lobbies: el Gobierno obligará a registrar las reuniones con políticos, pero deja fuera a sindicatos y patronal

Los grupos de presión privados tendrán que inscribirse y publicar sus cuentas si quieren influir en las leyes, mientras los altos cargos tendrán vetadas las puertas giratorias durante dos años.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El primer borrador de una ley para regular a los grupos de presión (los llamados 'lobbies'). A partir de su entrada en vigor, cualquier empresa o entidad privada que quiera reunirse con políticos o altos funcionarios para influir en una ley tendrá que estar inscrita en un registro público oficial, detallar cuánto dinero gasta en influir y dejar por escrito con quién se reúne.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio para gestionar la transparencia en la administración.

¿Quién sale ganando con esto?

La ciudadanía y la transparencia pública sobre el papel, ya que se podrá consultar qué empresas intentan meter mano en las leyes. Además, se frena durante 2 años el salto inmediato de ex altos cargos hacia empresas privadas del sector que regulaban para evitar puertas giratorias.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo a las excepciones! La norma no considera 'lobbies' a los partidos políticos, a los sindicatos, a las organizaciones empresariales (la patronal) ni a los colegios profesionales cuando ejerzan sus funciones constitucionales. Es decir, los grandes actores que negocian habitualmente con el Gobierno quedan al margen de varias de estas exigencias de registro.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede aplicar. Se trata únicamente de un anteproyecto de ley que todavía tiene que pasar por informes consultivos, volver al Consejo de Ministros y superar todo el trámite de debate y votación en el Congreso de los Diputados antes de entrar en vigor.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Transparencia en las actividades de influencia de los lobbies

Redacción burocrática original:

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Pool Moncloa/Fernando Calvo La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ha afirmado que esta nueva norma es fruto del "compromiso del gobierno con la mejora de la calidad democrática de nuestro país" y permitirá dar un gran paso adelante en materia de transparencia y buen gobierno y que España se equipare con las democracias más avanzadas de los países de su entorno. El anteproyecto recoge que se considerará actividad de influencia aquella que un grupo u organización desarrolle para tratar de influir de manera legítima en los responsables públicos en la elaboración de un proyecto normativo. "Por tanto, todos los grupos que se organizan con carácter privado para beneficio de sus intereses o los de terceros están incorporados al objeto de esta norma", ha explicado Montero. No se considerarán lobbies las Administraciones públicas, los organismos públicos y las organizaciones internacionales públicas o las autoridades públicas extranjeras, ni los partidos políticos, las organizaciones empresariales, los sindicatos o cualesquiera otras entidades -como los colegios profesionales- en el ejercicio de sus funciones constitucionales. El Portal de Transparencia y el sitio web de la Oficina de Conflictos de Intereses albergarán un Registro de Grupos de Interés, que mostrará con detalle su actividad, especialmente qué reuniones mantienen con los altos cargos o los funcionarios que participan en el proceso de elaboración o diseño de las normas. Estas actividades también quedarán reflejadas, ha destacado la ministra, en la Memoria de Análisis de Impacto Normativo de cada norma "para constituir una huella que permita comprobar quiénes, en qué momento y sobre qué materia han participado a la hora de diseñarla o elaborarla". La inscripción en el Registro es obligatoria y debe identificar los ámbitos de interés de los lobbies, su finalidad, objeto social y la información financiera relativa al último ejercicio contable, indicando de forma expresa la parte imputable a la actividad de influencia. Los grupos registrados deberán cumplir, además, un código de conducta, y se establece un régimen sancionador en caso de infracción. Aquellos grupos que no estén inscritos en este registro no podrán contactar con el personal público para ejercer actividades de influencia. Finalmente, y para combatir, en palabras de la ministra, "las puertas giratorias", la Ley 3/2015 reguladora del ejercicio del alto cargo de la AGE será modificada para incluir que un alto cargo público no pueda realizar actividades profesionales de influencia en materias relacionadas con sus competencias a lo largo de los dos años siguientes al cese en ese cargo.