Volver a PortadaReunión del Consejo: 20-12-2022
20-12-20222 min de lectura1 visitas

Demandas colectivas más fáciles: el Gobierno allana el camino para reclamar unidos contra los abusos de las empresas

Una nueva ley permitirá a las asociaciones de consumidores llevar a juicio a grandes compañías sin que a ti te cueste un dineral litigar por cantidades pequeñas.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El primer borrador de una ley que facilitará las demandas conjuntas contra empresas que cometan abusos o fraudes a los clientes. La idea es que no tengas que meterte tú solo en un juicio caro y farragoso si una compañía te ha cobrado de más o te ha engañado, sino que asociaciones acreditadas puedan representaros a todos a la vez para exigir que os devuelvan el dinero o dejen de hacer trampas.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio para adaptar una directiva europea aprobada el 25-11-2020.

¿Quién sale ganando con esto?

Cualquier ciudadano de a pie que sufra abusos de aerolíneas, bancos, telecos o empresas energéticas. Hasta ahora, si te estafaban 50 o 100 euros, no compensaba pagar a un abogado y procurador para ir a juicio; con este sistema colectivo, las asociaciones autorizadas asumirán el pleito en nombre de miles de afectados a la vez, incluso si la empresa infractora está en otro país de la Unión Europea.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

La trampa habitual de los tiempos: no podrás ir a juicio con cualquier colectivo de amigos o plataforma espontánea. Solo podrán llevar estas demandas las asociaciones inscritas en un registro oficial del Ministerio de Justicia o de las comunidades autónomas. Además, si al final el juez dicta que te devuelvan dinero que incluya intereses indemnizatorios, recuerda que ante Hacienda eso suele tributar en el IRPF como ganancia patrimonial.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede solicitar ni utilizar este mecanismo. Es solo un anteproyecto de ley que primero debe pasar por el Congreso y el Senado para su debate, votación y publicación final en el BOE, lo que tardará todavía varios meses en ser una realidad aplicable.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Protección de los intereses colectivos de los consumidores

Redacción burocrática original:

La ministra de Justicia, Pilar Llop, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa El Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de Ley de Acciones de Representación para la Protección de los Intereses Colectivos de los Consumidores, que traspone la Directiva 2020/1828 del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa, de 25 de noviembre de 2020. La ministra de Justicia, Pilar Llop, ha asegurado que el Gobierno tiene un "firme compromiso con la protección de los consumidores", no solo porque sea una prioridad en la política europea, sino porque responde a la obligación de los poderes públicos de garantizar la defensa de los consumidores y usuarios establecida en el artículo 51.1 de la Constitución. La nueva norma completará los mecanismos de defensa de los intereses colectivos de los consumidores ya existentes en nuestro país y permitirá mayor eficacia en las acciones que se ejerzan de forma colectiva contra acciones y omisiones de un empresario que aquellos consideren ilícitas. El objetivo, ha dicho Llop, "es acabar con esa posición desequilibrada, más débil, de consumidores y usuarios en las relaciones de mercado". La ministra ha explicado que, ante una posible práctica ilícita por parte de un empresario, acudir a la vía judicial genera una desproporción entre los gastos que conlleva y las cantidades que el consumidor recupera, lo que "desincentiva en muchas ocasiones para litigar y perpetúa comportamientos irregulares". Las entidades habilitadas para el ejercicio de estas acciones de representación, tanto a nivel nacional como trasfronterizo, constarán en un Registro Público de Acciones de Representación que dependerá del Ministerio de Justicia, aunque también se considerarán legitimadas las inscritas en registros autonómicos. El Ministerio de Consumo será un punto de contacto nacional para el ejercicio de acciones de representación de carácter transfronterizo cuando sean casos concernientes a empresas con sede fuera del territorio español.