Paro a medida para el mundo de la cultura y rebaja de cuotas a los artistas que menos ganan
El Gobierno crea un subsidio especial de desempleo para artistas y técnicos con menos días de cotización y permite cobrar el 100% de la pensión mientras siguen trabajando.
Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.
¿Qué han aprobado exactamente?
Un paquete de medidas dentro del Estatuto del Artista que crea un paro especial adaptado a la intermitencia del sector cultural (tanto para artistas como para técnicos y auxiliares), una cuota reducida de autónomos de 161 euros al mes para quienes ingresen menos de 3.000 euros al año y la compatibilidad de cobrar el 100% de la pensión de jubilación con la actividad artística.
¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?
No tiene coste directo de fondos públicos fijado en una cifra presupuestaria concreta; se trata de un cambio normativo y regulatorio en el régimen de prestaciones y cotizaciones que asume la caja común de la Seguridad Social.
¿Quién sale ganando con esto?
Los trabajadores del sector cultural (actores, músicos, bailarines, personal técnico y auxiliares) que a menudo encadenan contratos temporales cortos y no alcanzaban los periodos mínimos del paro general, así como los creadores jubilados y los artistas con ingresos muy bajos.
¿Tiene letra pequeña o trampa?
Hay varias condiciones estrictas que conviene saber: para acceder a este subsidio es obligatorio acreditar al menos 60 días cotizados en espectáculos en los últimos 18 meses, o 180 días en los 6 años previos. Además, la ayuda no es un sueldo: oscila únicamente entre el 80% y el 100% del IPREM (un importe mensual modesto de subsistencia). Por su parte, la cuota reducida de autónomos solo es válida para quienes demuestren no superar los 3.000 euros de ingresos netos al año.
¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?
Entra en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Para solicitar la prestación por desempleo especial habrá que tramitarla ante el SEPE acreditando los días de cotización en el sector, y la cuota reducida de autónomos se gestionará directamente ante la Seguridad Social.
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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)
Titular oficial:
Primera prestación especial por desempleo para los artistas
Redacción burocrática original: