Volver a PortadaReunión del Consejo: 04-07-2023
04-07-20232 min de lectura1 visitas

Indemnizaciones históricas para las víctimas de la talidomida tras más de seis décadas de espera

El Gobierno fija un pago único para los afectados por el fármaco entre 1950 y 1985. Solo llegará a quienes ya estén inscritos en el registro oficial.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El Gobierno ha dado luz verde al pago de indemnizaciones directas a las personas que nacieron con malformaciones por culpa del fármaco talidomida entre los años 1950 y 1985 en España. Consiste en un único abono económico cuyo importe dependerá del grado oficial de discapacidad de cada afectado.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

El acuerdo no desglosa la partida presupuestaria total en esta comunicación, ya que la cuantía final dependerá de la valoración del grado de discapacidad de los 130 afectados ya reconocidos y de los 7 casos que están pendientes de dictamen. Al tratarse de un colectivo muy reducido y una deuda moral histórica del Estado, el impacto en el bolsillo de cada ciudadano será mínimo en términos por habitante.

¿Quién sale ganando con esto?

Unas 137 personas que llevan décadas reclamando justicia y apoyo económico por las graves secuelas físicas provocadas por el medicamento durante su desarrollo prenatal.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

Sí, hay un filtro burocrático estricto: para poder cobrar el dinero es obligatorio estar inscrito previamente en el Registro Estatal de Enfermedades Raras del Instituto de Salud Carlos III y demostrar que la gestación ocurrió en territorio español. Quienes no consten en dicho censo o no hayan podido certificar médicamente la causa de su malformación se quedan fuera.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Los beneficiarios reconocidos tendrán una ventana de 3 meses para tramitar y solicitar formalmente el cobro a partir del día en que el Real Decreto salga publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Ayudas para los afectados por la talidomida

Redacción burocrática original:

El Consejo de Ministros ha concretado las ayudas para las personas afectadas por la talidomida en España entre los años 1950 y 1985. Según ha explicado Isabel Rodríguez, se establece así el derecho a percibir una ayuda económica de las personas que cumplan una serie de requisitos: que hayan sufrido estas malformaciones corporales durante el proceso de gestación y que sean compatibles con las descritas por este medicamento; que la gestación se haya producido en España, y que la persona interesada figure registrada en el Registro Estatal de Enfermedades Raras gestionado por el Instituto de Salud Carlos III. En España hay registradas 130 personas, y otras 7 se encuentran pendientes de la resolución de su caso. La ayuda consiste en un pago único y varía en función del grado de discapacidad. El plazo para solicitarla es de tres meses desde la publicación del decreto en el BOE.