Volver a PortadaReunión del Consejo: 19-12-2023
19-12-20232 min de lectura1 visitas

Reforma del subsidio por desempleo: más dinero los primeros meses y adiós al mes de espera

El Gobierno sube la ayuda hasta 570 euros al inicio, permite compaginarla con un sueldo durante seis meses y amplía el acceso a menores de 45 años sin cargas familiares.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

Una reforma a fondo del subsidio por desempleo (la ayuda para quienes se quedan sin paro contributivo). Entre las novedades principales, se elimina el mes de espera obligatorio para pedir la ayuda, se incrementa la cuantía durante el primer año y se autoriza a cobrar el subsidio a la vez que un sueldo durante un máximo de 180 días.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No se detalla una partida de gasto global en este anuncio; se trata de un cambio normativo en el sistema de protección por desempleo financiado a través de los presupuestos de la Seguridad Social y el SEPE.

¿Quién sale ganando con esto?

Se amplía el abanico de beneficiarios: ahora podrán cobrarlo los menores de 45 años sin cargas familiares que agoten su paro, los trabajadores eventuales del campo y los trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla. Los perceptores cobrarán 570 euros al mes el primer semestre (95% del IPREM), 540 euros el segundo semestre y 480 euros el resto del periodo. Los mayores de 52 años mantienen su cuantía en 480 euros (80% del IPREM).

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí! La subida económica no es fija, sino decreciente: empieza en 570 euros pero va bajando con los meses hasta los 480 euros habituales. Además, cobrar la ayuda exige estar vinculado obligatoriamente a un itinerario de inserción laboral (si rechazas cursos u ofertas, puedes perderla). Por último, ten en cuenta que compaginar el subsidio con un empleo genera dos pagadores, lo que puede obligarte a pagar en la declaración de la Renta del IRPF al año siguiente.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Las nuevas condiciones y la eliminación del mes de espera se aplicarán conforme a los plazos fijados tras su publicación oficial en el BOE. Quienes agoten su prestación contributiva podrán tramitar la solicitud directamente ante el SEPE sin aguardar los 30 días de penalización previos.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Claves de la reforma del subsidio por desempleo

Redacción burocrática original:

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros | Pool Moncloa/José Manuel Álvarez La titular de Trabajo y Economía Social ha explicado que se simplifican los trámites administrativos para acceder al subsidio y que las personas que hayan agotado su prestación contributiva no tendrán que esperar un mes para presentar la solicitud de subsidio. Se amplía el número de beneficiarios al permitir que los menores de 45 años sin responsabilidades familiares puedan acceder al subsidio por agotamiento. Díaz ha añadido que se reconoce el derecho a solicitarlo a los trabajadores eventuales agrarios y a los transfronterizos de Ceuta y Melilla. Además, se amplía la cuantía del subsidio al 95% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiple (IPREM), índice de referencia para su concesión. Yolanda Díaz ha detallado que será de 570 euros durante los primeros seis meses; de 540 durante los seis siguientes y de 480 el resto del periodo. El subsidio para mayores de 52 años se mantiene en el 80% del IPREM. Otra novedad de la reforma es que el trabajo por cuenta ajena y la percepción del subsidio serán compatibles por un periodo de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial sin reducción de la cuantía. Por otra parte, la vicepresidenta ha recordado que la prestación estará vinculada a un itinerario personalizado de activación para el empleo orientado a incrementar la empleabilidad de los perceptores que, ha aclarado, en el 80% de los casos no agotan la prestación.