Alivio en la nómina: Hacienda no te retendrá IRPF si cobras el salario mínimo
El Gobierno sube el umbral exento de retención hasta los 15.876 euros al año para que la subida del sueldo llegue íntegra al bolsillo del trabajador.
Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.
¿Qué han aprobado exactamente?
Han modificado el reglamento del IRPF para que las empresas no descuenten retenciones mensuales a quienes cobren hasta 15.876 euros brutos al año, que es justo el importe anual del nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Hasta ahora, ese tope sin retención estaba fijado en 15.000 euros.
¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?
No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio sobre el cálculo de las retenciones en nómina.
¿Quién sale ganando con esto?
Salen ganando los trabajadores con los sueldos más bajos de España que cobran el salario mínimo o están por debajo de los 15.876 euros anuales. Al no retenerles IRPF mes a mes, dispondrán de más liquidez inmediata en su cuenta corriente.
¿Tiene letra pequeña o trampa?
¡Ojo aquí! No es que el Gobierno te esté regalando dinero ni es una subvención: es simplemente evitar que Hacienda te quite de la nómina un dinero que luego estaba obligada a devolverte al año siguiente al hacer la declaración de la renta. Además, el cambio definitivo en el impuesto general todavía tiene que aprobarse por ley dentro de los Presupuestos Generales del Estado; lo que se aprueba ahora es el ajuste técnico urgente para que las empresas no te descuenten de más en la nómina.
¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?
Se aplica de forma automática en las nóminas tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Como ciudadano o trabajador no tienes que rellenar ningún formulario ni pedir cita: la empresa y su departamento de nóminas deben ajustar el porcentaje de retención a cero de manera directa.
Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)
Titular oficial:
Rebaja de las retenciones del IRPF
Redacción burocrática original: