Volver a PortadaReunión del Consejo: 19-03-2024
19-03-20242 min de lectura1 visitas

Se acabó el calvario de pleitear contra el banco: una nueva autoridad resolverá reclamaciones gratis y en 90 días

El Gobierno unifica las quejas contra la banca y aseguradoras en un organismo público cuyas resoluciones serán obligatorias para importes inferiores a 20.000 euros.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El impulso definitivo a la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, una ventanilla única pública y gratuita para reclamar ante abusos de bancos, aseguradoras, plataformas de criptomonedas y entidades de créditos al consumo. Esta entidad sustituirá el laberinto actual de reclamaciones dispersas entre el Banco de España, la CNMV y Seguros, con el compromiso de resolver cualquier conflicto en un plazo máximo de 90 días. Si la cuantía reclamada es inferior a 20.000 euros, el dictamen será vinculante: el banco tendrá que pagar y acatar la orden sin obligarte a contratar abogados ni ir a juicio.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio. El nuevo organismo se financiará íntegramente con una tasa que pagarán las propias entidades financieras, la cual aumentará en función de cuántas reclamaciones reciban y cuántas pierdan frente a los usuarios.

¿Quién sale ganando con esto?

Cualquier ciudadano que sufra cobros de comisiones injustificadas, devoluciones de recibos sin previo aviso, imposiciones abusivas de tasadoras en hipotecas o negativas injustificadas de las aseguradoras tras un siniestro. También se refuerza la protección de personas mayores y colectivos vulnerables, obligando a las entidades a ofrecerles atención presencial y personalizada.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí! Aunque la tasa la paga la banca, existe el riesgo evidente de que las entidades intenten compensar ese sobrecoste inflando otras comisiones indirectas a sus clientes. Además, para reclamaciones que superen los 20.000 euros la resolución no será vinculante, por lo que el cliente seguirá dependiendo de acudir a los tribunales ordinarios si el banco se niega a pagar. Asimismo, la efectividad del plazo de 90 días dependerá de que el organismo cuente con personal y medios suficientes para no saturarse desde el primer día.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede solicitar ni acudir a esta autoridad. La medida tiene que superar toda la tramitación parlamentaria en las Cortes Generales y, una vez aprobada definitivamente y publicada en el BOE, se abrirá el plazo legal para el despliegue y puesta en marcha operativa de la entidad.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Reclamaciones ágiles y gratuitas para los usuarios financieros

Redacción burocrática original:

El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Pool Moncloa / Borja Puig de la Bellacasa El ministro de Economía ha recordado que el sistema actual de resolución de conflictos entre las entidades financieras y los clientes consta de tres niveles sucesivos: los servicios de atención al cliente de las entidades, los servicios de reclamaciones de los organismos supervisores -Banco de España, Comisión Nacional de Mercado de Valores (CNMV) y Dirección General de Seguros- y los juzgados. La Autoridad va a integrar las funciones de los organismos supervisores, permitiendo que los clientes presenten sus reclamaciones de manera gratuita y con agilidad, ya que el plazo máximo para la atención será de 90 días. La Autoridad resolverá reclamaciones relativas al incumplimiento de las normas de conductas, las buenas prácticas y los protocolos firmados por las entidades, incluyendo el carácter abusivo de las cláusulas contractuales. Como ejemplos concretos de reclamaciones posibles, Cuerpo ha citado el cobro de una comisión que no obedece a ningún servicio solicitado, la devolución por parte del banco de un recibo sin informar al cliente, la imposición de una tasadora específica en la contratación de una hipoteca o la denegación del pago por un siniestro en el hogar que está cubierto por el seguro. El ministro ha señalado que el alcance del nuevo organismo será muy amplio, ya que cubrirá a todas las entidades supervisadas por el Banco de España, la CNMV y la Dirección General de Seguros, los servicios 'fintech' y de criptoactivos y los servicios de préstamos al consumo o de crédito inmobiliario. Las resoluciones de la Autoridad tendrán carácter vinculante cuando el importe reclamado sea inferior a los 20.000 euros. El organismo se financiará mediante una tasa que van a abonar las entidades financieras y que se concibe como un "incentivo positivo", ya que dependerá del número de reclamaciones contra la entidad y de cuántas se resuelven a favor de los clientes. La norma -ha destacado Cuerpo- refuerza la atención personalizada que ya se ha ido desarrollando en los códigos de buenas prácticas, "particularmente importante cuando se trata de adecuar la actuación de las entidades financieras a las características específicas de los clientes, por ejemplo, en cuanto a la edad, la posible discapacidad o colectivos vulnerables".