Volver a PortadaReunión del Consejo: 30-04-2024
30-04-20242 min de lectura1 visitas

Coto a los grandes 'influencers': tendrán que cumplir las mismas normas de publicidad y protección de menores que la tele

El Gobierno aprueba un decreto para regular a los creadores de contenido que ganen más de 300.000 euros y tengan millones de seguidores.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El Gobierno ha aprobado un reglamento para meter en cintura a los grandes 'influencers' de redes sociales e igualar sus obligaciones a las de las televisiones tradicionales. La norma define a estos creadores como "usuarios de especial relevancia" si cumplen tres requisitos: ingresar más de 300.000 euros al año por sus vídeos, superar el millón de seguidores en una plataforma (o dos millones en total) y subir al menos 24 vídeos al año. Tendrán la obligación de avisar de forma transparente cuando hagan publicidad, catalogar sus vídeos por franjas de edad y tendrán prohibido promocionar alcohol, tabaco o medicamentos.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio.

¿Quién sale ganando con esto?

Salen ganando los usuarios de redes sociales y sobre todo los menores y sus familias, que contarán con mayor protección frente a la publicidad encubierta y los contenidos inapropiados. También respiran las cadenas de televisión y medios tradicionales, que venían denunciando un agravio comparativo frente al vacío legal en el que operaban las estrellas de internet.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

El listón económico y de audiencia está puesto tan alto que la inmensa mayoría de creadores de contenido de España quedan completamente fuera de la regulación. Al exigir más de 300.000 euros de facturación y millones de seguidores, la norma solo se aplicará a un puñado selecto de famosos. Además, queda en el aire cómo se vigilará eficazmente a quienes se han mudado fiscalmente al extranjero (como a Andorra) y la eficacia real de los sistemas de verificación de edad digital en plataformas internacionales.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Los creadores de contenido que alcancen estos números tienen un plazo de 2 meses para inscribirse obligatoriamente en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales y empezar a aplicar las restricciones publicitarias y de edad. El ciudadano de a pie no tiene que hacer ningún trámite.

Compartir noticia:
Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Regulación de los 'influencers'

Redacción burocrática original:

El Ejecutivo ha aprobado un Real Decreto que establece los requisitos para regular a los 'influencers', cumpliendo así con la Ley General de Comunicación Audiovisual aprobada en 2022. La norma da mayor protección a los consumidores y más seguridad jurídica a estos usuarios de especial relevancia. El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, ha remarcado que cada vez son más importantes los creadores de contenidos audiovisuales en las redes sociales, por lo que es necesario homologarles en algunos aspectos con otros actores del ámbito audiovisual. La norma define lo que se entiende por 'influencer' en función de tres criterios: ingresos, audiencia y actividad. El criterio económico exige que estos actores tengan unos ingresos anuales superiores a 300.000 euros derivados de su actividad audiovisual. El criterio de audiencia contempla que superen el millón de seguidores en una única plataforma de vídeos o dos millones en el conjunto de sus aplicaciones. En cuanto a la actividad, tienen que haber publicado o compartido al menos 24 vídeos al año. Los creadores que cumplan estos requisitos tendrán que inscribirse, en el plazo de 2 meses, en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia. El ministro para la Transformación Digital y Función Publíca, José Luis Escrivá, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros | Pool Moncloa/José Manuel Álvarez José Luis Escrivá ha explicado que los 'influencers' tendrán que cumplir la normativa en materia de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Así, deberán etiquetar los contenidos que lanzan en las redes según la edad de los usuarios a quienes van dirigidos y se irán implantando herramientas de identificación digital de edad para evitar que los menores accedan a contenido inapropiado. Además, tendrán que identificar y etiquetar el contenido publicitario y no podrán hacer publicidad de tabaco, alcohol o medicamentos o lanzar anuncios que puedan generar un perjuicio físico o mental. El ministro ha subrayado que la medida aprobada hoy establece "un terreno de juego equitativo" con otros sectores que ya están regulados en el ámbito de los contenidos audiovisuales y controla la publicad encubierta o potencialmente encubierta que emiten las aplicaciones de vídeo. Asimismo, ha resaltado la colaboración de los creadores de contenido en la elaboración de la norma.