Volver a PortadaReunión del Consejo: 29-10-2024
29-10-20242 min de lectura1 visitas

Nace la figura que promete blindar a quien denuncie casos de corrupción

El Gobierno crea la Autoridad Independiente de Protección al Informante para que cualquier ciudadano o trabajador pueda destapar irregularidades de forma anónima y sin miedo a represalias.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

Han dado luz verde a la creación de un nuevo organismo público estatal: la Autoridad Independiente de Protección al Informante. Se trata de una oficina pensada para proteger legal, psicológica y financieramente a cualquier persona que decida denunciar chanchullos, fraudes o corruptelas en la Administración o en empresas privadas de ámbito nacional.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio para cumplir con las directivas de la Unión Europea, aunque su estructura y personal futuro se financiarán con los presupuestos del Estado una vez que eche a andar.

¿Quién sale ganando con esto?

Cualquier empleado público, trabajador de empresa o ciudadano que descubra un fraude y quiera denunciarlo sin jugarse el puesto de trabajo ni sufrir represalias personales, ya que se le garantiza el anonimato y apoyo durante todo el proceso.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí! La eficacia real de este organismo dependerá de que sea verdaderamente independiente del poder político y cuente con medios y presupuesto real para investigar, además de la lentitud habitual de la Fiscalía y los juzgados. Asimismo, si la irregularidad ocurre únicamente en una empresa o ayuntamiento local, dependerá de que las Comunidades Autónomas pongan en marcha sus propios organismos autonómicos equivalentes.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

El marco legal ya está listo para habilitar el canal de denuncias anónimas, aunque la puesta en marcha efectiva de las sedes, la designación de los cargos y la articulación de las ayudas económicas requerirán el desarrollo de sus respectivos reglamentos.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Autoridad Independiente de Protección al Informante

Redacción burocrática original:

Félix Bolaños ha destacado que esta figura culmina la implementación de una directiva comunitaria y se crea para garantizar la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y acerca de cualquier caso de corrupción. La autoridad independiente tiene autonomía funcional y actúa con independencia respecto al Gobierno y a cualquier otra administración pública, según ha detallado el ministro. Ni su personal, ni su presidente, ni sus integrantes podrán recibir instrucciones de la administración pública, ni del Gobierno, ni de ninguna otra institución. El ministro ha señalado que cualquier ciudadano que tenga conocimiento de la comisión de un delito o de una irregularidad, a partir de hoy tiene un canal adicional para poner una denuncia con garantías y de forma anónima. La autoridad hará las investigaciones oportunas y, si considera que la denuncia es verosímil, la trasladará al Ministerio Fiscal. Bolaños ha resaltado que "la autoridad adoptará las medidas de protección al denunciante que considere oportunas frente a cualquier represalia que pueda tener". Además, contará con medidas de apoyo, como asesoramiento jurídico, psicológico e, incluso, asistencia financiera si lo precisa. "La autoridad independiente es una garantía para la protección de las personas informantes, es un pilar institucional clave en la lucha contra la corrupción, así lo ha establecido la Unión Europea y así lo establece España, y es una garantía en la integridad del comportamiento de las administraciones públicas", ha remarcado el ministro. La autoridad tramitará las informaciones relacionadas con la Administración General del Estado, con todo el sector público estatal y con los organismos u órganos constitucionales que, sin formar parte de la Administración General del Estado, sí pertenezcan a la arquitectura institucional. También podrá conocer las denuncias que afecten a entidades privadas, siempre y cuando estén relacionadas con actividades desarrolladas en más de una comunidad autónoma. La autoridad independiente coordinará a todas las autoridades independientes que las comunidades tendrán que crear en sus territorios y a todos los organismos de control ya existentes o que se creen.