Reforma de extranjería: vía rápida para trabajar a estudiantes de fuera de la UE y facilidades para traer a familiares
El Gobierno aprueba un nuevo reglamento que permite a los estudiantes extranjeros trabajar 30 horas semanales, crea permisos específicos de temporada y amplía la reagrupación familiar a parejas de hecho sin registrar e hijos de hasta 26 años.
Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.
¿Qué han aprobado exactamente?
El Gobierno ha modificado el reglamento de extranjería para flexibilizar la llegada, estancia y trabajo de personas migrantes en España. El cambio gira en torno a tres ejes: permite a los estudiantes extranjeros trabajar hasta 30 horas a la semana y pasar directamente a un permiso de trabajo al graduarse; crea una autorización especial para facilitar la contratación en campañas agrícolas y de temporada; y amplía la reagrupación familiar para que españoles y residentes legales puedan traer a parejas no registradas formalmente o a hijos de hasta 26 años.
¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?
No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio.
¿Quién sale ganando con esto?
Salen ganando los estudiantes extranjeros, que podrán costearse sus estudios trabajando legalmente y quedarse a trabajar al terminar sin caer en la irregularidad; los sectores empresariales con alta demanda de mano de obra temporal (como el campo o la hostelería), que contarán con procesos de contratación colectiva más ágiles; y los familiares de ciudadanos españoles o residentes extranjeros, que tendrán más facilidades para residir juntos en España.
¿Tiene letra pequeña o trampa?
La letra pequeña reside en el colapso crónico de la administración: de nada sirve flexibilizar las normas sobre el papel si las Oficinas de Extranjería continúan saturadas y conseguir una cita previa sigue siendo una odisea para miles de personas. Además, para reagrupar a parejas no registradas o demostrar relaciones afectivas análogas, los solicitantes tendrán que aportar abundante carga probatoria documental sujeta al criterio de los funcionarios, lo que puede demorar las resoluciones durante meses.
¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?
Entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el cumplimiento del plazo de adaptación que marque el texto del real decreto. A partir de esa fecha, los interesados deberán tramitar las nuevas autorizaciones y renovaciones por los canales habituales de Extranjería y las plataformas telemáticas habilitadas.
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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)
Titular oficial:
Tres llaves de inclusión: formación, trabajo y familia
Redacción burocrática original: