Exigir rectificaciones a medios e influencers será más fácil y rápido: el Gobierno aprueba la reforma contra los bulos
El anteproyecto de ley obligará a creadores de contenido con más de 100.000 seguidores y a plataformas digitales a publicar desmentidos con la misma visibilidad que la noticia falsa.
Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.
¿Qué han aprobado exactamente?
El primer borrador para reformar la ley del derecho de rectificación, que no se actualizaba desde 1984. La futura norma obligará tanto a medios tradicionales y diarios digitales como a plataformas en internet y grandes influencers (con más de 100.000 seguidores en una red o 200.000 en total) a publicar rectificaciones íntegras y con la misma relevancia y visibilidad si difunden datos falsos o inexactos sobre cualquier persona.
¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?
No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio.
¿Quién sale ganando con esto?
Cualquier ciudadano que sufra la difusión de una mentira o inexactitud sobre su persona, ya que se amplía el plazo para reclamar de 7 a 10 días y se agiliza el trámite judicial en caso de que el medio o creador se niegue a rectificar. Además, los allegados de personas fallecidas también podrán exigir que se limpie su memoria, sin necesidad de ser herederos legales.
¿Tiene letra pequeña o trampa?
Por ahora es solo un anteproyecto, lo que significa que aún debe pasar por órganos consultivos, volver al Gobierno y superar una compleja negociación en el Congreso de los Diputados antes de convertirse en ley real. Además, la eficacia práctica contra canales anónimos, cuentas radicadas fuera de España o creadores que borran publicaciones antes de recibir la notificación seguirá dependiendo de la capacidad real de los juzgados para identificarlos y hacer cumplir las sentencias con rapidez.
¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?
Por ahora nada: aún no se puede solicitar ni está en vigor. La norma acaba de iniciar su camino legislativo. Cuando se apruebe definitivamente en las Cortes Generales y se publique en el Boletín Oficial del Estado, los medios y perfiles afectados tendrán que habilitar canales accesibles y visibles para que cualquier afectado pueda registrar su petición de rectificación.
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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)
Titular oficial:
Derecho de rectificación
Redacción burocrática original: