Volver a PortadaReunión del Consejo: 17-12-2024
17-12-20242 min de lectura1 visitas

Exigir rectificaciones a medios e influencers será más fácil y rápido: el Gobierno aprueba la reforma contra los bulos

El anteproyecto de ley obligará a creadores de contenido con más de 100.000 seguidores y a plataformas digitales a publicar desmentidos con la misma visibilidad que la noticia falsa.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El primer borrador para reformar la ley del derecho de rectificación, que no se actualizaba desde 1984. La futura norma obligará tanto a medios tradicionales y diarios digitales como a plataformas en internet y grandes influencers (con más de 100.000 seguidores en una red o 200.000 en total) a publicar rectificaciones íntegras y con la misma relevancia y visibilidad si difunden datos falsos o inexactos sobre cualquier persona.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio.

¿Quién sale ganando con esto?

Cualquier ciudadano que sufra la difusión de una mentira o inexactitud sobre su persona, ya que se amplía el plazo para reclamar de 7 a 10 días y se agiliza el trámite judicial en caso de que el medio o creador se niegue a rectificar. Además, los allegados de personas fallecidas también podrán exigir que se limpie su memoria, sin necesidad de ser herederos legales.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

Por ahora es solo un anteproyecto, lo que significa que aún debe pasar por órganos consultivos, volver al Gobierno y superar una compleja negociación en el Congreso de los Diputados antes de convertirse en ley real. Además, la eficacia práctica contra canales anónimos, cuentas radicadas fuera de España o creadores que borran publicaciones antes de recibir la notificación seguirá dependiendo de la capacidad real de los juzgados para identificarlos y hacer cumplir las sentencias con rapidez.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede solicitar ni está en vigor. La norma acaba de iniciar su camino legislativo. Cuando se apruebe definitivamente en las Cortes Generales y se publique en el Boletín Oficial del Estado, los medios y perfiles afectados tendrán que habilitar canales accesibles y visibles para que cualquier afectado pueda registrar su petición de rectificación.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Derecho de rectificación

Redacción burocrática original:

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, durante la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. | Pool Moncloa / Jose Manuel Álvarez El Consejo de Ministros ha analizado el anteproyecto de Ley Orgánica reguladora del derecho de rectificación, que forma parte del Plan de Acción por la Democracia que impulsa el Gobierno y que tiene como objetivo reforzar tanto el derecho a la información veraz como el derecho al honor. El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha explicado que la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Rectificación vigente data de 1984, por lo que hay que modernizarla y adaptarla al entorno digital. A juicio del ministro, la futura norma mejorará el debate público y garantizará que los ciudadanos ejerzan el derecho a la rectificación con mayor facilidad: "Queremos promover una mayor calidad en el debate público. Queremos facilitar y garantizar el derecho a la rectificación de los ciudadanos cuando se vean afectados por una información que sea falsa, sea inexacta o sea un bulo, es decir, que sea una mentira". Además, la norma favorecerá que los medios de comunicación "amplifiquen las buenas prácticas a otros que con demasiada frecuencia, publican hechos e informaciones que son inexactas o que son directamente falsas", ha remarcado Bolaños. Las dos innovaciones clave de la futura ley son que contempla las nuevas formas de información y de comunicación y que introduce ajustes para facilitar y agilizar el derecho a rectificación. "Agilizamos procedimientos, nos adaptamos a la realidad actual y regulamos expresamente los entornos digitales y las plataformas digitales que hoy dan información y difunden información", ha reiterado el ministro. Félix Bolaños ha detallado que la norma afecta a los medios de comunicación tradicionales y a los medios digitales y plataformas en línea que difunden información. Asimismo, incorpora a los usuarios relevantes de redes sociales (influencers), es decir, a aquellos que tienen más de 100.000 usuarios en una única plataforma o más de 200.000 en el conjunto de sus redes. El ministro ha argumentado que estas personas difunden informaciones que se propagan más ampliamente que las de muchos medios tradicionales, y ha mantenido que "hay profesionales del bulo y de la mentira que todos los días enfangan nuestro debate público con mentiras y con falsedades". Los ciudadanos también podrán ejercer el derecho de rectificación contra ellos. La norma recoge que los medios de comunicación y plataformas deberán establecer un mecanismo fácilmente accesible para falicitar el ejercicio del derecho de rectificación. También establece en qué términos y plazo se difundirá la rectificación, que se hará de forma íntegra y con una relevancia similar a la de la publicación original. Además, fija la obligación de avisar de que la información ha sido rectificada en plataformas y medios digitales y de enlazar la rectificación y el texto original. La norma agilizará el procedimiento judicial en el caso de que el derecho a la rectificación no sea satisfecho. El ministro ha resaltado que "se suprime el requisito de la contestación por escrito de la demanda, de tal manera que los trámites del juicio verbal continuarán y podrá ser mucho más rápida la sentencia judicial". Bolaños también ha avanzado que la norma amplía el plazo para presentar la solicitud de rectificación. La ley vigente establece 7 días, el anteproyecto lo fija en 10 días. Además, la ley actual exige que la remisión del escrito de rectificación vaya dirigida necesariamente al director del medio de comunicación, ese requisito en la futura ley será potestativo porque, según ha apuntado el ministro, hay seudomedios de comunicación en los que es difícil identificar quién es el director. El texto también amplía las personas legitimadas para poder ejercer el derecho a la rectificación, de tal manera que las personas cercanas a ciudadanos fallecidos sobre los que se difundan noticias falsas podrán solicitarla y no sólo sus herederos.