Titular oficial:
Reforma de la Fiscalía
Redacción burocrática original:
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y la ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Pool Moncloa / Borja Puig de la Bellacasa
El Consejo de Ministros ha impulsado una segunda reforma en el ámbito de la justicia, la del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. El titular de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha calificado la iniciativa como un "paso decisivo" en el refuerzo de la autonomía y de la eficacia del Ministerio Fiscal y ha destacado que el texto recoge todas las recomendaciones formuladas por el Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO) y otras instituciones.
Una vez que el nuevo Estatuto recabe los informes preceptivos, se unirá al proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal que el Consejo de Ministros aprobará el próximo verano para que se tramite en las Cortes Generales como una sola norma. Félix Bolaños ha explicado que esa ley orgánica incorporará, como una disposición adicional, la reforma de la Fiscalía "para garantizar que van absolutamente en paralelo", ya que una de las claves de la norma consiste en que serán los fiscales quienes instruyan las causas penales.
El ministro ha recordado que España es el único país del entorno europeo donde la instrucción de las causas penales todavía corresponde a los jueces de instrucción. Tras el cambio, el Ministerio Fiscal liderará las instrucciones, y un juez de garantías velará por el respeto de los derechos de los investigados. Bolaños ha añadido que, de hecho, los fiscales europeos ya instruyen en España todos los asuntos que tienen que ver con intereses financieros de la Unión Europea o con delitos relacionados con la UE.
El nuevo papel instructor de los fiscales lleva aparejadas otras medidas: la designación del fiscal competente para la instrucción de cada caso corresponderá al fiscal jefe; la Policía Judicial dependerá del Ministerio Fiscal en sus funciones de investigación del delito, y el Ministerio Fiscal podrá imponer sanciones a quienes no colaboren con las investigaciones judiciales. Además, como ocurre en la actualidad con jueces y magistrados, se detallarán las causas de abstención y recusación de los fiscales, que no podrán instruir un proceso si tienen amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas investigadas.
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, interviene en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. | Pool Moncloa / Borja Puig de la Bellacasa
Para profundizar en la autonomía del Ministerio Fiscal, la reforma, en primer lugar, desvincula la duración del mandato del fiscal general del Estado de la del Gobierno. El fiscal general será nombrado por cinco años y, cuando cambie el Ejecutivo, continuará con su labor hasta que transcurra ese plazo. Además, será un mandato no renovable, salvo si el primer mandato ha durado menos de un año.
El fiscal general podrá causar baja antes de que finalice su mandato si dimite de manera voluntaria o si se da alguna causa de incompatibilidad o de incapacidad. El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha resaltado que un nuevo Gobierno no podrá cesar al fiscal general por "pérdida de confianza" y que la causa de incumplimiento grave o reiterado para cesarlo deberá contar con el informe previo del Consejo General del Poder Judicial.
Además, con el fin de imposibilitar las injerencias en las decisiones de la Fiscalía, el nuevo Estatuto prohíbe expresamente que el Gobierno central o las comunidades autónomas solicitan al Ministerio Fiscal cualquier actuación relativa a un procedimiento penal concreto. Igualmente, se suprime la posibilidad de que el fiscal general sea llamado a comparecer ante el Consejo de Ministros. La reforma establece que las comunicaciones entre el Gobierno y el fiscal general serán por escrito, exclusivamente por vía del ministro de Justicia y públicas y estarán regidas por el interés general.
Félix Bolaños ha subrayado que el nuevo Estatuto avanza también en la autonomía organizativa del Ministerio Fiscal, que se encargará de los ascensos y las promociones de los fiscales y del régimen disciplinario, dos competencias en las que desempeña un papel relevante el Ministerio de Justicia en la actualidad.
Además, con el objetivo de que la nueva Fiscalía funcione de manera más colegiada y con más garantías para el interés común, se refuerza el papel de la Junta de Fiscales de Sala, que incluso podrá establecer un criterio diferente al del fiscal general por una mayoría de, al menos, tres quintas partes de sus miembros.
La Fiscalía General del Estado se encargará, además, del registro de las asociaciones de fiscales que, como en el caso de las asociaciones judiciales, no podrán recibir financiación privada.
El Estatuto Orgánico regula, por último, la colaboración entre la Fiscalía europea y la española, ya que ambas instruirán causas penales en España, y arbitra un sistema para resolver las discrepancias. En última instancia, decidirá el fiscal general del Estado, según ha explicado Félix Bolaños.