Volver a PortadaReunión del Consejo: 16-09-2025
16-09-20252 min de lectura1 visitas

Los bomberos forestales podrán jubilarse hasta 6 años antes: el Gobierno aprueba su retiro anticipado

Se equiparan por fin las condiciones de jubilación del personal de extinción de incendios forestales con las del resto de bomberos por la peligrosidad de su trabajo.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El Gobierno ha dado luz verde a un coeficiente reductor del 0,20 para adelantar la edad de jubilación de los bomberos forestales. En lenguaje claro: por cada año trabajado en primera línea de fuego se resta tiempo para poder jubilarse. Por ejemplo, quien sume 15 años de servicio podrá retirarse 3 años antes de la edad legal. Como regla general se podrá adelantar la jubilación un máximo de 5 años, o hasta 6 años para quienes lleven más de 35 años jugándose la vida en los montes.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio que ajusta los coeficientes y las cotizaciones dentro del sistema de la Seguridad Social.

¿Quién sale ganando con esto?

Los bomberos forestales de toda España, un colectivo que llevaba años exigiendo no ser tratado como personal de segunda frente al resto de bomberos urbanos (que contaban con esta ventaja desde el año 2008). Por fin se reconoce legalmente que su trabajo es penoso, tóxico y peligroso.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo a los requisitos! Para poder acceder a este adelanto es obligatorio acreditar un mínimo de 15 años cotizados exclusivamente bajo la categoría de bombero forestal. Además, hay una trampa burocrática en la que habrá que vigilar a las administraciones: comunidades autónomas y empresas privadas subcontratadas deben asegurarse de utilizar el código de ocupación específico en las nóminas para que la Seguridad Social reconozca esos años cotizados.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

El trabajador no tendrá que hacer papeleos raros: el Instituto Nacional de la Seguridad Social aplicará la reducción de oficio de forma automática al revisar el historial laboral en el momento de la jubilación. La Seguridad Social facilitará certificados acreditativos para garantizar que consten todos los periodos trabajados.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Mejora de las condiciones de jubilación de los bomberos forestales

Redacción burocrática original:

El Consejo de Ministros ha aprobado un coeficiente reductor de la edad de jubilación de los bomberos forestales, una medida con la que se cumple el mandato establecido en la Ley de Bomberos Forestales en julio del año 2024. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha recordado que esa norma estableció un marco de regulación básico para ese colectivo con el fin de homogeneizar sus funciones y condiciones a nivel nacional y que la norma se aprobó por una amplia mayoría. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. | Pool Moncloa/José Manuel Álvarez El coeficiente reductor, según ha explicado, responde a la naturaleza "penosa, tóxica, peligrosa e insalubre" del trabajo realizado. La tramitación de esta medida comenzó en abril, antes de la ola de incendios de este verano, y supone "saldar una deuda" con ese colectivo equiparando sus condiciones de jubilación a las del resto de bomberos, que disfrutaban de esos coeficientes desde el año 2008. A partir de ahora, el coeficiente específico de los bomberos forestales será del 0,20, siempre que la persona acredite un período mínimo de cotización de 15 años bajo la condición de bombero forestal. El profesional que acredite ese número de años, por ejemplo, verá reducida su edad de acceso a la jubilación en 3 años. El acceso a la jubilación se podrá anticipar como máximo 5 años. A modo de excepción, se podrá anticipar hasta 6 años en el caso de que se acredite un período de cotización de más de 35 años de actividad como bombero forestal. La Tesorería General de la Seguridad Social ha publicado instrucciones dirigidas a empresas y administraciones para facilitar la aplicación de estos coeficientes. Elma Saiz ha apelado a la responsabilidad de las comunidades autónomas, las administraciones y las empresas empleadoras de los bomberos forestales para usar el código de ocupación creado específicamente en las bases de cotización de la Seguridad Social. Los bomberos no tendrán que realizar una solicitud expresa del coeficiente cuando alcancen la edad de jubilación, sino que será el Instituto Nacional de la Seguridad Social el que lo aplique de oficio, una vez que compruebe que el trabajador cumple los requisitos. Además, la Seguridad Social va a facilitar el reconocimiento de estos trabajadores mediante un certificado que acredite el período en que haya desempeñado esa actividad. Saiz ha incidido en que los incendios "han evidenciado, una vez más, que un sistema público fuerte es lo que salva, lo que protege y lo que une". Es necesario, ha añadido, contar con un cuerpo de bomberos fuerte, estable y protegido, "porque cuidar lo público es cuidar la vida, la tierra que compartimos y la dignidad de las personas que la sirven".