El Gobierno castigará con hasta 3 años de cárcel la violencia vicaria para frenar los ataques a madres a través de sus hijos
El nuevo anteproyecto de ley reforma el Código Penal para tipificar este delito, prohíbe el uso de armas y obliga a los jueces a escuchar a los menores en las custodias.
Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.
¿Qué han aprobado exactamente?
El primer borrador de una ley que introduce formalmente la violencia vicaria como delito en el Código Penal. Esto castigará a quienes hagan daño físico o psicológico a los hijos, abuelos, hermanos o parejas actuales de una mujer con el objetivo de destrozarla moralmente a ella, con penas de prisión de entre seis meses y tres años, prohibición de portar armas y el veto a difundir contenidos que atenten contra la víctima.
¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?
No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio.
¿Quién sale ganando con esto?
Las mujeres víctimas de violencia y sus hijos o familiares directos, que contarán con una protección penal específica frente al chantaje y las agresiones indirectas. Además, los menores ganan peso en los tribunales, ya que los jueces estarán obligados por ley a escuchar su testimonio antes de decidir cualquier régimen de visitas o custodia.
¿Tiene letra pequeña o trampa?
La principal advertencia es que esto es solo un anteproyecto: no entra en vigor mañana. Debe pasar por informes consultivos, llegar al Congreso de los Diputados, someterse a votaciones, enmiendas parlamentarias y ratificación en el Senado, por lo que el texto definitivo puede sufrir modificaciones y su aplicación real tardará meses en llegar a los juzgados.
¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?
Por ahora nada: aún no se puede aplicar ni solicitar en los tribunales bajo esta tipificación. La reforma acaba de iniciar su andadura administrativa y no será de obligado cumplimiento hasta que sea aprobada definitivamente por las Cortes Generales y publicada en el Boletín Oficial del Estado.
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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)
Titular oficial:
Tipificación de la violencia vicaria
Redacción burocrática original: