Volver a PortadaReunión del Consejo: 07-07-2026
07-07-20262 min de lectura1 visitas

Prohibido clonar tu voz o usar tus fotos de redes sociales con Inteligencia Artificial sin tu permiso

El Gobierno prepara una ley para blindar tu imagen frente a los 'deepfakes', frenar la publicidad no autorizada con tus fotos y permitirte vetar por testamento que te resuciten digitalmente.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El anteproyecto de una nueva ley que prohíbe que empresas o particulares utilicen las fotos o vídeos que publicas en redes sociales para fines comerciales o para entrenar y crear inteligencias artificiales sin tu autorización previa. Además, la norma establece los 16 años como edad mínima para ceder la propia imagen, refuerza la protección judicial a los menores y crea la figura del "testamento digital" para que nadie pueda usar tu voz o rostro clonados una vez hayas fallecido.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio.

¿Quién sale ganando con esto?

Cualquier ciudadano de a pie que comparta contenidos en internet, los menores de edad y sus familias, las personas con discapacidad y aquellos profesionales o artistas expuestos a que clonen su voz o rostro sin pagarles ni pedirles permiso.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí! La norma permite usar la imagen o la voz de terceros sin permiso previo si se hace en contextos satíricos, de ficción o artísticos y no inducen a engaño. Esa línea entre el humor o la ficción y la vulneración directa del honor suele acabar en largos y caros procesos judiciales. Además, hacer cumplir esta legislación a plataformas tecnológicas o empresas de inteligencia artificial que operan fuera de la Unión Europea seguirá siendo un auténtico quebradero de cabeza para el ciudadano medio.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede solicitar ni está en vigor. Se trata del primer paso de un anteproyecto de ley, por lo que todavía debe tramitarse, debatirse y votarse en el Congreso de los Diputados y en el Senado antes de publicarse definitivamente en el Boletín Oficial del Estado.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Más protección frente a la inteligencia artificial y el uso no consentido de la imagen

Redacción burocrática original:

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, durante la rueda de prensa del Consejo de Ministros. | Pool Moncloa/Fernando Calvo Entre las principales novedades, Bolaños ha destacado que compartir una fotografía o un vídeo en redes sociales "no significa que renuncies a esa imagen", por lo que nadie podrá reutilizar esos contenidos para fines distintos de aquellos para los que fueron publicados sin el consentimiento de su titular, salvo en los supuestos amparados por la libertad de información relativos a hechos de relevancia pública. Además, la ley fija en 16 años la edad mínima para prestar consentimiento sobre el uso de la propia imagen y refuerza las garantías procesales de los menores, estableciendo la intervención del Ministerio Fiscal en todos los procedimientos judiciales que les afecten. La futura norma dedica un capítulo específico a la inteligencia artificial y a otras tecnologías capaces de generar o recrear imágenes y voces con un elevado grado de realismo. En este sentido, considera una intromisión ilegítima la utilización de la imagen o la voz de una persona con fines publicitarios o comerciales sin su autorización, una práctica que, según ha explicado el ministro, ya comienza a producirse mediante el uso de herramientas de inteligencia artificial. No obstante, la regulación preserva la libertad de expresión y la libertad creativa, permitiendo estos usos cuando se desarrollen en contextos satíricos, artísticos o de ficción y no induzcan a engaño. Asimismo, la ley incorpora la figura del denominado "testamento digital", de forma que cualquier persona podrá dejar constancia de la prohibición de utilizar su imagen o su voz con fines comerciales tras su fallecimiento o designar a una persona para gestionar estos derechos en el futuro. La norma adapta también el régimen jurídico a la reforma de la legislación civil sobre discapacidad, reconociendo plenamente la capacidad de las personas con discapacidad para prestar consentimiento y previendo, cuando sea necesario, los apoyos adecuados para el ejercicio efectivo de sus derechos. Según Bolaños, el objetivo es avanzar hacia un modelo que combine "la autonomía y la protección" de este colectivo.