El sueldo mínimo sube a 950 euros al mes con efecto retroactivo
Ningún trabajador a jornada completa podrá cobrar menos de 950 euros en 14 pagas y las empresas deberán abonar los atrasos desde el 01-01-2020.
Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.
¿Qué han aprobado exactamente?
El Gobierno fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 950 euros brutos mensuales repartidos en 14 pagas (o 1.108,33 euros al mes si están prorrateadas en 12 pagas). Es el suelo legal obligatorio por debajo del cual nadie en España puede trabajar a jornada completa.
¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?
No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio. El incremento no sale de los presupuestos del Estado, sino directamente del bolsillo de los empresarios, autónomos con empleados y familias con personal doméstico contratado.
¿Quién sale ganando con esto?
Salen ganando más de dos millones de trabajadores que estaban cobrando el salario mínimo o tenían convenios por debajo de ese importe, especialmente en sectores como el campo, la hostelería, el comercio y el servicio doméstico. En la otra cara de la moneda, los pequeños autónomos, agricultores y pymes con márgenes muy ajustados verán incrementados sus costes laborales inmediatos.
¿Tiene letra pequeña o trampa?
¡Ojo aquí! Los 950 euros son en bruto, por lo que al sueldo neto final hay que descontar la cuota obrera a la Seguridad Social y las retenciones del IRPF si corresponden. Además, si cobras pluses o complementos fuera de convenio, las empresas pueden aplicar la cláusula de compensación y absorción, lo que significa que el aumento real en el bolsillo puede ser menor si esos pluses ya superaban el nuevo mínimo. También supone un mayor desembolso en cotizaciones a la Seguridad Social que pagan las empresas por cada empleado.
¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?
Entra en vigor de forma automática con efectos retroactivos desde el 01-01-2020. El empleado no tiene que presentar ningún papeleo ni solicitud: las empresas y empleadores están obligados a actualizar las nóminas y a liquidar las diferencias y atrasos acumulados desde principios de año.
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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)
Titular oficial:
El Gobierno eleva el Salario Mínimo Interprofesional a 950 euros con efectos retroactivos desde el 1 de enero
Redacción burocrática original: