Volver a PortadaReunión del Consejo: 17-03-2020
17-03-20202 min de lectura6 visitas

Escudo laboral para frenar despidos: ERTE exprés con paro garantizado y ayuda directa para autónomos

El Gobierno facilita que las empresas suspendan contratos en lugar de despedir y abre el cobro del paro a trabajadores sin cotización suficiente y a trabajadores por cuenta propia.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

Un paquete de choque para evitar despidos masivos: se agilizan los ERTE (suspensión temporal de empleo) considerándolos de fuerza mayor, se da derecho a cobrar el paro a todos los empleados afectados aunque no tengan el tiempo mínimo cotizado, se impulsa el teletrabajo y la adaptación de jornada, y se crea una prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos eximiéndoles de pagar la cuota a la Seguridad Social.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No se detalla una cifra presupuestaria cerrada en este texto oficial; se trata de un cambio normativo y regulatorio de urgencia que asume el Estado a través del SEPE y de las arcas de la Seguridad Social para pagar prestaciones y perdonar cotizaciones.

¿Quién sale ganando con esto?

Los trabajadores asalariados de empresas golpeadas que evitan el despido directo y cobran el desempleo sin consumir necesariamente sus derechos previos, los autónomos con caídas drásticas de ingresos que no tendrán que abonar la cuota mensual mientras cobran ayuda, y los empresarios que pueden congelar costes salariales sin romper las plantillas.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí! Aunque se venda como una ayuda directa y automática, la prestación por desempleo y las ayudas por cese de actividad tributan en el IRPF como rendimientos del trabajo, por lo que Hacienda ajustará cuentas en la siguiente declaración de la renta. Además, en el caso de los autónomos, se exigirá acreditar debidamente el desplome de facturación o el cierre forzoso de la actividad para no tener que devolver el dinero recibido.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Entra en vigor de forma inmediata tras publicarse en el Boletín Oficial del Estado. Los trabajadores no tendrán que tramitar individualmente el ERTE (lo gestiona la propia empresa ante la autoridad laboral y el SEPE), mientras que los autónomos deberán solicitar la prestación y la exoneración de cuotas a través de sus mutuas colaboradoras de la Seguridad Social.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Protección del empleo

Redacción burocrática original:

El conjunto de medidas destinado a reforzar la protección al empleo, según ha expuesto el presidente, contempla que los trabajadores asalariados puedan adaptar o reducir su jornada de trabajo para atender las necesidades de conciliación derivadas de esta crisis. Asimismo, se establece el teletrabajo como medida de flexibilidad, cuando las circunstancias lo permitan. Los ajustes temporales de plantilla se gestionarán a través de los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo (ERTES), que beneficiarán a todos los trabajadores. "Los ERTES causados por la crisis del coronavirus serán considerados de fuerza mayor y, adicionalmente, los trabajadores tendrán derecho a la prestación contributiva por desempleo, aunque no cumplan el requisito de cotización previa exigido", ha explicado Pedro Sánchez. Además, se flexibiliza el acceso al cese de actividad para los autónomos, que será compatible con la exoneración de pagos a la Seguridad Social. Este colectivo tendrá facilidades para que pueda cobrar con rapidez una prestación en caso de dificultad económica. El jefe del Ejecutivo ha subrayado que estas medidas priorizan la suspensión de los contratos y la reducción de las jornadas como opción frente al despido de los trabajadores y ha instado a los empresarios a que no despidan a sus empleados: "Queremos que se mantenga el empleo, que las empresas sepan que el Gobierno les ayudará a superar esta crisis temporal".