Volver a PortadaReunión del Consejo: 26-06-2020
26-06-20202 min de lectura6 visitas

Prórroga de las ayudas a los autónomos: rebajas escalonadas en la cuota y rescate para los de temporada

El Gobierno extiende el escudo a los trabajadores por cuenta propia con exenciones en las cuotas hasta el 30-09-2020 y facilidades por caída de ingresos.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El Consejo de Ministros ha acordado con las asociaciones de autónomos prorrogar las medidas de apoyo hasta el 30-09-2020. Quienes venían cobrando la prestación extraordinaria no pagarán la cuota de autónomos de julio, tendrán un descuento del 50% en agosto y del 25% en septiembre. Además, abren la puerta al cese ordinario para caídas del 75% en ingresos y crean una ayuda específica para autónomos de temporada de hasta el 70% de la base mínima durante un máximo de 4 meses.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No se detalla una cifra presupuestaria cerrada en la comunicación oficial; el coste final dependerá del número de solicitudes concedidas y de las cuotas que la Seguridad Social deje de ingresar durante este periodo.

¿Quién sale ganando con esto?

Los trabajadores por cuenta propia que todavía arrastran problemas de facturación y, de forma muy señalada, los autónomos de temporada, que hasta la fecha habían quedado fuera del sistema de protección.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo con los requisitos y con Hacienda! Para cobrar la prestación ordinaria tendrás que justificar formalmente un desplome de ventas de al menos el 75% en el tercer trimestre en comparación con el año anterior. Además, recuerda que el dinero recibido por estas ayudas computa y tributa en la declaración del IRPF.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Las exenciones de cuota se aplican en los recibos de julio, agosto y septiembre (hasta el 30-09-2020). La ayuda a trabajadores de temporada arranca con efectos desde junio. Para solicitar las prestaciones deberás realizar la gestión a través de tu mutua colaboradora de la Seguridad Social.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Extensión y ampliación de las ayudas a los autónomos

Redacción burocrática original:

La portavoz del Gobierno ha afirmado que proteger al colectivo de trabajadores autónomos es "prioritario", por lo se han prorrogado hasta el 30 de septiembre las medidas establecidas en marzo pasado para los afectados por el cese actividad o la caída de su facturación. El acuerdo alcanzado con las asociaciones ATA, UPTA y UATAE recoge que los trabajadores por cuenta propia que estaban cobrando la prestación extraordinaria, que incluía una ayuda económica equivalente al 70% de la base reguladora y una exención de las cotizaciones, no pagarán la cuota de julio y tendrán una exención del 50% en agosto y del 25% en septiembre. Asimismo, aquellos que acrediten una caída del facturación del 75% en este tercer trimestre respecto al mismo periodo del año anterior, podrán solicitar la prestación ordinaria por cese de actividad. Montero ha subrayado la aprobación de una nueva prestación extraordinaria para los autónomos de temporada -"tradicionalmente olvidados"- de hasta el 70% de la base mínima de cotización. Esta ayuda se empezará a devengar en junio y tendrá una duración máxima de 4 meses.