Volver a PortadaReunión del Consejo: 09-10-2020
09-10-20202 min de lectura7 visitas

Cierres perimetrales y tijeretazo a los aforos: Sanidad impone restricciones duras en las grandes ciudades con más contagios

El Gobierno y las comunidades pactan limitar entradas, salidas y horarios comerciales en municipios de más de 100.000 habitantes en alerta roja sanitaria.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

Un paquete de restricciones obligatorias coordinadas entre el Ministerio de Sanidad y las autonomías para frenar la epidemia. En los municipios de más de 100.000 habitantes donde los contagios estén disparados, se limita la entrada y salida de personas (confinamiento perimetral), se reducen las reuniones sociales y se recortan drásticamente los aforos y horarios en hostelería, comercios, lugares de culto, autoescuelas y gimnasios.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio en materia de salud pública y restricciones de movilidad.

¿Quién sale ganando con esto?

El objetivo principal es evitar el colapso de los hospitales, proteger a la población más vulnerable y evitar que los brotes se extiendan a otras zonas. Por contra, los grandes perjudicados en el día a día son los vecinos de las ciudades afectadas y sectores económicos clave como la hostelería, el pequeño comercio, el ocio y las academias, que sufren un parón inmediato en su facturación.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí! Aunque la medida se aprobó en el Consejo Interterritorial con fecha 30-09-2020 para actuar de forma unificada, la norma suele toparse con líos judiciales en los tribunales superiores autonómicos al afectar al derecho fundamental de libre circulación. Además, el acuerdo impone cierres y recortes de actividad a los negocios pero no viene acompañado en este texto de ninguna partida de compensación económica directa o indemnización por las pérdidas causadas.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

La aplicación no es automática ni inmediata para el ciudadano de a pie en el momento de la reunión: cada gobierno autonómico debe trasladar las medidas a su respectivo boletín oficial una vez que sus municipios superen los umbrales de riesgo fijados por Sanidad.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Acuerdo del Consejo Interterritorial del SNS

Redacción burocrática original:

Con fecha 30 de septiembre, el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordó, después de haber dado audiencia a todas las comunidades y ciudades autónomas, que se declarasen como actuaciones coordinadas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 65 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, una serie de medidas relacionadas con la restricción del contacto social en municipios especialmente afectados por una elevada propagación de la epidemia. Entre estas medidas, de aplicación para los municipios de más de 100.000 habitantes en los que concurran una serie de circunstancias, se incluyó la limitación de la entrada y salida de personas de los municipios afectados y su participación en agrupaciones, el aforo máximo, la distancia y el horario de lugares de culto, velatorios, establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público, establecimientos de hostelería y restauración, de juegos y apuestas, academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza y de instalaciones deportivas, y asimismo se estableció el refuerzo de las capacidades de detección precoz y el control de las enfermedades. Todo ello con el objetivo de proteger al máximo a las poblaciones afectadas, preservar la capacidad asistencial y minimizar el riesgo de exportación de una situación epidemiológica grave de un territorio a otro, tratando, en definitiva, de reducir las tasas de transmisión por debajo de los niveles de riesgo establecidos por los organismos internacionales.