Volver a PortadaReunión del Consejo: 06-07-2021
06-07-20212 min de lectura1 visitas

Menos impuestos para emprendedores e inversores: el Gobierno pone en marcha el borrador de la Ley de Startups

El plan promete bajar Sociedades del 25% al 15% a empresas emergentes y dar ventajas fiscales a nómadas digitales e inversores, aunque de momento es solo un anteproyecto.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El Gobierno ha sacado a examen ciudadano el borrador de la futura "Ley de Startups". La propuesta busca rebajar impuestos a las empresas de base tecnológica e innovadora con menos de 5 años de vida (o 7 en energía e industria), facilitando además visados y ventajas fiscales a teletrabajadores extranjeros ("nómadas digitales") y dando incentivos tributarios a quienes inviertan capital en estos negocios.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio (si bien supondrá una menor recaudación tributaria para Hacienda por las rebajas y deducciones fiscales planteadas).

¿Quién sale ganando con esto?

Los beneficiados directos serán los fundadores de empresas emergentes innovadoras con facturación inferior a 5 millones de euros, los inversores particulares ("business angels") que verán ampliada su deducción fiscal del 30% al 40% hasta 100.000 euros, y los profesionales extranjeros que se trasladen a trabajar a España bajo el régimen especial de no residentes.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Mucho cuidado con las condiciones! No cualquier nuevo negocio o autónomo podrá acogerse: la empresa debe pasar el filtro de ser catalogada como "innovadora", tener sede y más del 50% de la plantilla en España, no haber repartido dividendos y no cotizar en bolsa. Además, la rebaja fiscal del 15% tiene un límite máximo de 4 años y el régimen para extranjeros suele levantar ampollas por suponer un trato fiscal más ventajoso que el que soporta cualquier asalariado o autónomo residente en España en el IRPF.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede solicitar ni aplicar. Se encuentra únicamente en fase de anteproyecto y audiencia pública. Para que sea una realidad tangible, el texto debe remitirse a las Cortes, debatirse, votarse y publicarse formalmente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), un proceso parlamentario que todavía tardará varios meses.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Fase de audiencia pública para la Ley de Startups

Redacción burocrática original:

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, ha explicado que la nueva norma se enmarca en uno de los ejes principales de reforma estructural del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para mejorar la demografía empresarial y el clima de negocios, aumentar el tamaño de las empresas, impulsar el emprendimiento y reforzar el incipiente ecosistema de empresas emergentes de carácter innovador, especialmente en la nueva economía digital. La meta, ha dicho, es "aumentar la productividad, el empleo de calidad, reforzar el tejido productivo y tener una mayor y mejor perspectiva de crecimiento futuro y de bienestar para nuestro país". Para ello, el Gobierno también elevará próximamente a audiencia pública otros dos anteproyectos de ley, para la creación y crecimiento empresarial -ley Crea y Crece- y de reforma de la ley concursal. El anteproyecto analizado hoy prevé un paquete de medidas para fomentar las empresas emergentes mediante beneficios fiscales, instrumentos de apoyo a la inversión y atracción de talento. Para ser consideradas como tales, las empresas deberán tener carácter innovador, una facturación inferior a 5 millones de euros, su sede social y más de la mitad del empleo con contratos en España, una antigüedad menor a 5 años -que puede llegar a 7 años en el ámbito de la biotecnología, la energía o industrial- y no pueden ser una sociedad cotizada ni haber distribuido dividendos. Entre las medidas tributarias y fiscales propuestas para lograr que España sea atractiva para este tipo de empresas destaca la reducción del tipo impositivo en los impuestos de sociedades y sobre la renta de no residentes del tipo general del 25% al 15% durante un máximo de 4 años. También se adoptan medidas favorables a las opciones sobre acciones de la propia sociedad (stock options) como modo de pago o retribución a los trabajadores de la misma. Y se crea un régimen tributario favorable para los nómadas digitales -personas que teletrabajan desplazadas a territorio español- relajando los requisitos para acceder al régimen del impuesto sobre la renta de no residentes y la creación de un visado específico para personas que trabajan en España para empresas extranjeras. El fomento de la inversión -business angels- se refuerza al elevarse la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación desde 60.000 a 100.000 euros anuales, el tipo de deducción del 30 al 40% y el periodo en que se considera que la empresa es de reciente creación. La simplificación de procedimientos administrativos, la colaboración entre las startups y el resto de empresas, la permeabilidad con los centros universitarios y de investigación y la compra pública innovadora por parte de la Administración son otros aspectos recogidos en la ley. Calviño ha destacado que el emprendimiento se favorecerá también fuera de los polos urbanos existentes "para promover el crecimiento económico y la innovación en todo el territorio español".