Volver a PortadaReunión del Consejo: 06-07-2021
06-07-20212 min de lectura1 visitas

Rebajas fiscales y visados especiales: así es el plan para atraer startups y nómadas digitales a España

El Gobierno abre a consulta la futura Ley de Startups con rebajas del Impuesto de Sociedades al 15% y mejoras fiscales para inversores y teletrabajadores extranjeros.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El inicio del trámite de audiencia pública del anteproyecto de la conocida como 'Ley de Startups'. Se trata de un paquete de ventajas fiscales y facilidades burocráticas para empresas tecnológicas y emergentes: se rebaja el Impuesto sobre Sociedades del 25% al 15% durante un máximo de cuatro años, se mejora la fiscalidad de las 'stock options' para pagar a empleados y se crea un visado con ventajas fiscales para 'nómadas digitales' (teletrabajadores extranjeros que se muden a España).

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio con incentivos fiscales futuros que supondrán menores ingresos por tributos a cambio de intentar atraer inversión y negocio.

¿Quién sale ganando con esto?

Fundadores de empresas tecnológicas de reciente creación, inversores ('business angels', que podrán deducirse hasta el 40% de 100.000 euros anuales) y profesionales extranjeros que teletrabajan para empresas de fuera y decidan residir en España pagando menos impuestos que un contribuyente nacional común.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo con los requisitos! No vale cualquier negocio nuevo: para ser considerada startup la empresa debe ser catalogada como 'innovadora', facturar menos de 5 millones de euros al año, tener menos de 5 años de vida (7 si es de biotecnología o energía), no repartir dividendos y mantener más de la mitad de su plantilla contratada en España. Además, los comercios o autónomos tradicionales de barrio quedan totalmente fuera de estas ventajas fiscales.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Por ahora nada: aún no se puede solicitar ni aplicar. Se trata únicamente del anteproyecto en fase de audiencia pública, por lo que todavía tiene que pasar por el Congreso de los Diputados, someterse a enmiendas y publicarse en el BOE antes de entrar en vigor.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Fase de audiencia pública para la Ley de Startups

Redacción burocrática original:

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, ha explicado que la nueva norma se enmarca en uno de los ejes principales de reforma estructural del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para mejorar la demografía empresarial y el clima de negocios, aumentar el tamaño de las empresas, impulsar el emprendimiento y reforzar el incipiente ecosistema de empresas emergentes de carácter innovador, especialmente en la nueva economía digital. La meta, ha dicho, es "aumentar la productividad, el empleo de calidad, reforzar el tejido productivo y tener una mayor y mejor perspectiva de crecimiento futuro y de bienestar para nuestro país". Para ello, el Gobierno también elevará próximamente a audiencia pública otros dos anteproyectos de ley, para la creación y crecimiento empresarial -ley Crea y Crece- y de reforma de la ley concursal. El anteproyecto analizado hoy prevé un paquete de medidas para fomentar las empresas emergentes mediante beneficios fiscales, instrumentos de apoyo a la inversión y atracción de talento. Para ser consideradas como tales, las empresas deberán tener carácter innovador, una facturación inferior a 5 millones de euros, su sede social y más de la mitad del empleo con contratos en España, una antigüedad menor a 5 años -que puede llegar a 7 años en el ámbito de la biotecnología, la energía o industrial- y no pueden ser una sociedad cotizada ni haber distribuido dividendos. Entre las medidas tributarias y fiscales propuestas para lograr que España sea atractiva para este tipo de empresas destaca la reducción del tipo impositivo en los impuestos de sociedades y sobre la renta de no residentes del tipo general del 25% al 15% durante un máximo de 4 años. También se adoptan medidas favorables a las opciones sobre acciones de la propia sociedad (stock options) como modo de pago o retribución a los trabajadores de la misma. Y se crea un régimen tributario favorable para los nómadas digitales -personas que teletrabajan desplazadas a territorio español- relajando los requisitos para acceder al régimen del impuesto sobre la renta de no residentes y la creación de un visado específico para personas que trabajan en España para empresas extranjeras. El fomento de la inversión -business angels- se refuerza al elevarse la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación desde 60.000 a 100.000 euros anuales, el tipo de deducción del 30 al 40% y el periodo en que se considera que la empresa es de reciente creación. La simplificación de procedimientos administrativos, la colaboración entre las startups y el resto de empresas, la permeabilidad con los centros universitarios y de investigación y la compra pública innovadora por parte de la Administración son otros aspectos recogidos en la ley. Calviño ha destacado que el emprendimiento se favorecerá también fuera de los polos urbanos existentes "para promover el crecimiento económico y la innovación en todo el territorio español".