Giro radical al alquiler: prórroga antidesahucios hasta 31-12-2030, golpe fiscal a los pisos turísticos y contratos blindados
El Gobierno aprueba dos decretos para frenar desahucios, limitar el negocio de los fondos de inversión y rebajar impuestos a inquilinos que ganen menos de 33.000 euros.
Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.
¿Qué han aprobado exactamente?
El Gobierno ha sacado adelante dos decretos ley para intentar atajar la crisis del alquiler. Entre los puntos clave: se alarga el freno a los desahucios de familias vulnerables hasta el 31-12-2030, se fija un IVA del 10% para los pisos turísticos, se persigue la trampa de los alquileres por habitaciones o de temporada, se plantea renovar automáticamente los contratos de alquiler y se crean rebajas fiscales para rentas de hasta 33.000 euros anuales.
¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?
No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio con ajustes de impuestos (como bajar el IVA al 4% para construir vivienda protegida o aplicar el 10% a alojamientos turísticos).
¿Quién sale ganando con esto?
En teoría ganan los inquilinos de alquiler habitual, los hogares en riesgo de exclusión y las rentas medias o bajas (hasta 33.000 euros) que podrán ahorrarse hasta una mensualidad en deducciones. Pierden terreno los fondos buitre, las sociedades de inversión inmobiliaria (socimis) y los propietarios de pisos turísticos sin licencia o alquileres de temporada fraudulentos.
¿Tiene letra pequeña o trampa?
¡Ojo aquí! Por un lado, la financiación a interés cero para comprar primera vivienda no es una ayuda a fondo perdido: no te regalan nada, hay que devolver la hipoteca íntegra. Por otro lado, la persecución de pisos turísticos ilegales depende directamente de las Comunidades Autónomas y ayuntamientos; si tu gobierno regional no pone inspectores ni clausura pisos, la medida se quedará en papel mojado. Además, al ser decretos ley, el Congreso de los Diputados todavía tiene que ratificarlos.
¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?
La mayoría de las normas echan a andar en cuanto se publiquen en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y el escudo antidesahucios queda sellado hasta el 31-12-2030. Las deducciones en el IRPF se aplicarán en la correspondiente declaración de la Renta y los nuevos contratos de arrendamiento deberán adaptarse a la nueva regulación de prórrogas automáticas.
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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)
Titular oficial:
Escudo social frente a los desahucios y lucha contra la especulación y el fraude
Redacción burocrática original: