Volver a PortadaReunión del Consejo: 29-09-2020
29-09-20202 min de lectura6 visitas

Luz verde al teletrabajo para 2,5 millones de funcionarios: la Administración tendrá que ponerles el ordenador

El Gobierno aprueba el marco legal para que los empleados públicos puedan trabajar desde casa, aunque la decisión final dependerá de sus jefes y del puesto que ocupen.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

El marco básico para regular el teletrabajo de unos 2,5 millones de empleados públicos en ministerios, comunidades autónomas y ayuntamientos. La norma fija que trabajar a distancia será voluntario y reversible, y obliga a la Administración a poner y mantener los ordenadores y medios técnicos necesarios.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo de fondos públicos; se trata de un cambio normativo o regulatorio. No obstante, el gasto informático derivado de comprar y mantener los equipos correrá a cargo de los presupuestos ordinarios de cada administración convocante.

¿Quién sale ganando con esto?

Los empleados públicos con funciones administrativas o digitalizables que quieran ahorrarse desplazamientos y conciliar mejor su vida personal y laboral.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

¡Ojo aquí! Trabajar desde casa no es un derecho automático para todos los funcionarios. El decreto deja claro que la vía principal sigue siendo el trabajo presencial y que el teletrabajo requiere el permiso expreso del jefe de la unidad. Quienes realicen tareas presenciales obligatorias o atención directa al ciudadano en ventanilla no podrán acogerse.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Es de aplicación inmediata tras su publicación como Real Decreto-ley, pero el despliegue práctico depende de cada administración pública (estatal, autonómica o local), que deberá autorizar los puestos y asignar los equipos caso por caso.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Teletrabajo en las Administraciones Públicas

Redacción burocrática original:

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las administraciones públicas. Con carácter de norma básica, afecta a las administraciones estatal, autonómica y local, y a 2,5 millones de empleados públicos. Foto: Pool Moncloa/JM Cuadrado La ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, ha destacado que la regulación, hasta ahora inexistente, del trabajo a distancia en las administraciones será "un punto de inflexión en la mejora de la prestación de los servicios públicos, la defensa de los intereses generales y la atención a la ciudadanía". Darias ha adelantado que alcanzar una administración "del siglo XXI" es una de las diez políticas palanca del Plan Nacional de Reconstrucción que está ultimando el Gobierno. Darias ha agradecido a las comunidades autónomas, FEMP y sindicatos el diálogo y el consenso que ha permitido realizar esta regulación "absolutamente necesaria", y también ha reconocido el trabajo de los empleados públicos, "que han hecho posible que la prestación de los servicios públicos sea una realidad a pesar de las dificultades" de los últimos meses. Darias ha explicado que, aunque la modalidad ordinaria del trabajo seguirá siendo la presencial, el teletrabajo fuera de las dependencias de la Administración se podrá realizar siempre que las características del puesto y las necesidades del servicio lo permitan, con autorización expresa por parte de la unidad administrativa correspondiente, y con carácter voluntario y reversible por parte del empleado público. Cada administración deberá proporcionar y mantener los medios tecnológicos necesarios a los empleados para desempeñar sus funciones a través del teletrabajo, mientras que estos, a su vez, deberán tener las competencias digitales necesarias para realizarlo. Darias ha hecho hincapié en que tanto en la modalidad presencial como a distancia, los empleados públicos tendrán los mismos derechos y deberes, por ejemplo con respecto al cumplimiento del horario y la jornada de trabajo.