Volver a PortadaReunión del Consejo: 29-09-2020
29-09-20202 min de lectura6 visitas

Vía libre para contratar a 10.000 sanitarios: médicos sin plaza MIR y extracomunitarios podrán incorporarse ya a los hospitales

El Gobierno flexibiliza por decreto las normas de contratación médica para que las comunidades autónomas cubran bajas y alivien la saturación en centros de salud y hospitales.

Ver acuerdo oficial en la web de La Moncloa

Enlace directo al comunicado institucional original publicado por el Gobierno de España.

¿Qué han aprobado exactamente?

Un decreto urgente que abre la mano para que las comunidades autónomas puedan fichar hasta a 10.000 profesionales sanitarios. Permite contratar a médicos que aprobaron el examen del MIR pero se quedaron sin plaza en la última convocatoria, y a especialistas extranjeros de fuera de la Unión Europea que ya tengan encarrilada la homologación de su título. Además, da permiso a los gestores para mover a médicos y enfermeros entre hospitales y centros de salud según las urgencias del día.

¿Cuánto nos va a costar a todos los españoles?

No tiene coste directo fijado en este acuerdo; se trata de una modificación normativa que permite a las administraciones contratar. Las nóminas de estos profesionales correrán a cargo de los presupuestos ordinarios de sanidad de cada comunidad autónoma y del INGESA.

¿Quién sale ganando con esto?

Por un lado, los médicos graduados que estaban en el limbo tras aprobar el MIR sin plaza y los especialistas extranjeros pendientes de papeles, que consiguen empleo de inmediato. Por otro, los pacientes y las plantillas habituales de los centros de salud y hospitales, que deberían notar algo de desahogo en las salas de espera.

¿Tiene letra pequeña o trampa?

Hay dos detalles clave. Primero, no son plazas fijas: son contratos temporales de refuerzo y contingencia. Segundo, la norma autoriza la movilidad funcional total, lo que significa que a un profesional contratado le pueden cambiar de servicio, de planta o enviarlo de urgencia de un ambulatorio a un hospital en función de las necesidades del gestor de turno, además de que la contratación efectiva dependerá de la voluntad y el dinero que ponga cada comunidad autónoma sobre la mesa.

¿A partir de cuándo se aplica o qué hay que hacer?

Entra en vigor de forma inmediata tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A partir de ese momento, los servicios de salud de cada comunidad autónoma pueden abrir convocatorias y llamar a los aspirantes que cumplan los requisitos.

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Texto administrativo original de La Moncloa (para verificación)

Titular oficial:

Refuerzo de plantillas en el Sistema Nacional de Salud

Redacción burocrática original:

Carolina Darias ha explicado que este Real Decreto-ley incluye también medidas urgentes sobre recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para que las comunidades autónomas y el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) puedan contratar a profesionales facultativos y no facultativos y así "aliviar la sobrecarga en el sistema sanitario y la presión asistencial" generadas por la pandemia del COVID-19. La estimación es que puedan ser contratados 10.000 profesionales sanitarios. Podrán ser contratados aquellos médicos que aprobaron el MIR pero no obtuvieron plaza en la última convocatoria, y también médicos especialistas no comunitarios, siempre y cuando el Comité de Evaluación para el reconocimiento de efectos profesionales a títulos extranjeros de especialista haya emitido su informe propuesta de la primera fase. El personal médico y el de enfermería podrá hacer trabajos en centros hospitalarios o atención primaria, según las necesidades, y, dentro de los centros hospitalarios podrán ser derivados a diferentes áreas.